Disposición Normativa Serie 'b' N° 69/03 de 14 de Octubre de 2003

La Plata, 14 de octubre de 2003

POR 1 DIA - VISTO y Considerando: Que de conformidad con lo, establecido en las Leyes 12914 y 13003, se dictaron las Disposiciones Normativas Serie "B" N' 57/02, 64/02, 14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03, y 23/03, reglamentarias de los regímenes de regularización de deudas de los contribuyentes, provenientes de los Impuestos inmobiliario sobre los Ingresos Brutos, a los Automotores, a las Embarcaciones deportivas o de Recreación y de Sellos, como asi también de mejoras no declaradas.

Que por razones de interés fiscal resulta aconsejable extender el plazo dentro del cual podrán abonarse los importes de los anticipos y/o cuotas vencidos e impagos con el fin de rehabilitar los planes de pago acordados en virtud de los regímenes de regularización de deudas establecidos en las normas mencionadas en el párrafo anterior, que se encuentren caducos.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Publicos,

en uso de las atribuciones inherentes al cargo de

DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS,

de conformidad al Decreto 1.170/02,

DISPONE:

Artículo 1°

La caducidad de los planes de, regularización otorgados de conformidad a las Disp. Normativas Serie "B" N° 57/02, 64/02, 14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03 y 23/03 se tendrá por no producida siempre que el importe correspondiente a la totalidad de anticipos y/o cuotas impagos, vencidos hasta el 10 de setiembre de 2003, sea abonado hasta el 17 de noviembre de 2003, con el interés previsto en el artículo 75 del Código Fiscal (t.o. 1999) calculado desde el vencimiento originario del anticipo y/o cuota hasta su efectivo pago.

Artículo 2º

Los anticipos y/o cuotas de los planes de pago correspondientes al mes de octubre y siguientes, deberán abonarse en los vencimientos originalmente previstos de conformidad a lo establecido en la norma...

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