Disposición Normativa Serie 'b' Nº 45/07 de 07 de Agosto de 2007

La Plata, 07 de agosto de 2007

VISTO Y CONSIDERANDO: Que conforme lo previsto por la Ley 12914, y el Decreto 1900/02, esta Autoridad de Aplicación se encuentra autorizada para otorgar regímenes de regularización de deudas fiscales correspondientes a tributos, intereses, multas y accesorios de los contribuyentes.

Que, por su parte, las Leyes 13145 y 13244 establecieron que en dichos regímenes podía preverse, entre otros beneficios, la remisión parcial de intereses adeudados.

Que el artículo 4 de la Ley 13405 extiende, hasta el 31 de diciembre de 2007, el plazo previsto en el artículo 2 de la Ley 13244.

Que, asimismo, el artículo 65 de la Ley 13613 establece que el ejercicio de la autorización conferida en el artículo 1 de la Ley 12914 a esta Autoridad de Aplicación, podrá contemplar la condonación parcial de los recargos previstos en el artículo 87 del Código Fiscal (T.O. 2004), texto según Ley 13405.

Que de conformidad con lo previsto en las leyes citadas, mediante la Disposición Normativa Serie "B" Nº 13/07 se estableció un régimen para la regularización de la deuda de los contribuyentes, proveniente de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentre en instancia de ejecución judicial.

Que el régimen de regularización establecido contemplaba, entre otros beneficios, una reducción del cuarenta por ciento del monto de la deuda correspondiente a los intereses y así también una condonación del cuarenta por ciento de los recargos.

Que...

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