Disposición Nº 267/2012

Fecha de disposición10 Agosto 2012
Fecha de publicación25 Septiembre 2012
SecciónDisposiciones

Bs. As., 10/8/2012

VISTO el Expediente Nº 1.476.361/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 118/124 del Expediente Nº 1.476.361/11 obra el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES PERFUMISTAS y la empresa COLGATE PALMOLIVE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones laborales, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el ámbito territorial y personal de aplicación del acuerdo se circunscribe a la coincidencia de la actividad principal de la empresa signataria con la representatividad de la entidad sindical firmante.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que las partes han acreditado la representación invocada con la documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 570/12.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º

— Declárese registrado el Acuerdo celebrado por el SINDICATO DE TRABAJADORES PERFUMISTAS y la empresa COLGATE PALMOLIVE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 118/124 del Expediente Nº 1.476.361/11.

ARTICULO 2º

— Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 118/124 del Expediente Nº 1.476.361/11.

ARTICULO 3º

— Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º

— Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo registrado y de esta Disposición; las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ADRIAN CANETO, Subdirector Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.476.361/11

Buenos Aires, 13 de agosto de 2012

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 267/12 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 118/124 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 959/12. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T.

Expediente 1.476.361/11

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 15 horas del 7 de junio de 2012, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ante el Sudubdirector Nacional de Relaciones del Trabajo Lic. Adrián CANETO, por el SINDICATO DE PERFUMISTAS, con domicilio en Treinta y Tres Orientales 156 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por su Secretario General Sr. Rubén Daniel SANDOVAL y Rubén SANTANDER en su carácter de Subsecretario, por una parte y por la otra, la empresa COLGATE PALMOLIVE ARGENTINA S.A. con domicilio constituido en Av. Belgrano 990, 9 piso, CABA, representada en este acto por el Sr. Germán Walter CABRAL, DNI Nº 21.094.924.

Iniciada la audiencia LAS PARTES MANIFIESTAN que vienen con el objeto de poner fin a una controversia de encuadre convencional con relación al personal dependiente de COLGATE PALMOLIVE ARGENTINA S.A, que presta tareas en el proceso productivo en la planta que ésta explota en el Parque Industrial de San Luis, sito en Calle 5 y 105 Parque Industrial Norte, Provincia de San Luis.

En consideración al acuerdo arribado con fecha 25/4/2012 las partes proceden por el presente, en el marco de dicho convenio, a convenir las disposiciones complementarias que regirán las relaciones laborales en dicho establecimiento, las que serán aplicables a las...

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