Disposición Nº 321/2012

Fecha de disposición06 Septiembre 2012
Fecha de publicación13 Septiembre 2012
SecciónDisposiciones

Bs. As., 6/9/2012

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10056-1095-2012 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO se tramita la modificación de la estructura organizativa de la Subdirección General de Fiscalización dependiente de esta ADMINISTRACION FEDERAL.

Que en el marco de las estrategias de control empleadas por el Organismo, resulta necesario readecuar la estructura orgánica de la Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada, incorporando en su ámbito a la División Responsabilidad Social Empresaria, en atención a la afinidad de tareas existentes y con el fin de concentrar en una única unidad las acciones de verificación vinculadas con dicho programa.

Que la Subdirección General de Fiscalización ha prestado su conformidad.

Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura es Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1°

— Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada “Responsabilidad Social Empresaria” dependiente del Departamento Procedimientos Estratégicos de Control de la Dirección de Programas y Normas de Fiscalización, pase a depender del Departamento Gestión de la Fiscalización Especializada existente en la Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada, de la Subdirección General de Fiscalización.

ARTICULO 2°

— Reemplazar en la estructura organizativa los Anexos A24 y A25, y en la parte pertinente, los Anexos B24 y B25, por los que se aprueban por la presente.

ARTICULO 3°

— La presente disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos, contados desde su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 4°

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.

ANEXO A24

ANEXO A25

ANEXO B24

SUBDIRECCION GENERAL DE FISCALIZACION

DIRECCION DE PROGRAMAS Y NORMAS DE FISCALIZACION

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS ESTRATEGICOS DE CONTROL

ACCION

Entender en la mejora de los procesos de fiscalización impositiva, aduanera y...

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