Disposición Nº 110/2011
Fecha de disposición | 27 Enero 2011 |
Fecha de publicación | 13 Octubre 2011 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 32254 |
Bs. As., 27/1/2011
VISTO el Expediente Nº 1.033.701/00 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (to. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.387.609/10 agregado como foja 423 al Expediente citado en el visto y ratificado a fojas 432 del mismo, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA por el sector gremial y la empresa CERRO VANGUARDIA SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes convienen en otorgar una gratificación extraordinaria de $ 7.457 (pesos siete mil cuatrocientos cincuenta y siete) por única vez y de carácter no remunerativo, para el personal encuadrado en el Convenio Colectivo de Empresa Nº 740/05 “E”, con las consideraciones y demás prescripciones que obra en el texto al cual se remite.
Que la vigencia de dicho Acuerdo opera a partir del mes de enero de 2011.
Que de las constancias de autos surge la personería invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.
Que cabe destacar que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo, se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de los trabajadores por medio de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete en las presentes actuaciones.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto surgen de lo normado por el Decreto Nº 454/10.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
— Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA y la empresa CERRO VANGUARDIA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.387.609/10 agregado a fojas 423 del Expediente Nº 1.033.701/00, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Regístrese la presente Disposición en el...
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