Disposición Nº 485/2011
Fecha de disposición | 15 Junio 2011 |
Fecha de publicación | 29 Septiembre 2011 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 32245 |
Bs. As., 15/6/2011
VISTO el Expediente Nº 1.417.793/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa obrante a fojas 29/54 del Expediente Nº 1.417.793/10, suscripto entre la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANONIMA y la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que asimismo se peticiona la homologación de las Actas Acuerdo obrantes a fojas 55/57 y 58, respectivamente celebradas entre idénticas partes.
Que debe tenerse presente lo manifestado por las partes a fojas 114 vuelta de autos, en cuanto indican haber incurrido en un error material al individualizar a la parte empresaria firmante de los acuerdos citados en el considerando precedente como COMPAÑIA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANONIMA, en lugar de EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANONIMA.
Que el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa sujeto a homologación comprende al personal en relación de dependencia que posea título universitario reconocido en el país y que desempeñe actividades existentes o a crearse en la empresa, en correspondencia con el alcance personal y territorial de la asociación sindical firmante y siempre que cumpla funciones inherentes a su formación profesional universitaria.
Que el ámbito territorial y personal de los mismos se corresponde con la actividad principal de la empresa signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos los mentados instrumentos.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se procederá a remitir estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
— Declárase homologado el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa celebrado entre la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANONIMA y la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA obrante a fojas 29/54 y la aclaración adunada a fojas 114 del Expediente Nº 1.417.793/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Declárase homologado el Acta Acuerdo obrante a fojas 55/57 del Expediente Nº 1.417.793/10, celebrado entre la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANONIMA y la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Declárase homologado el Acta Acuerdo obrante a fojas 58 del Expediente Nº 1.417.793/10, celebrado entre la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANONIMA y la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa obrante a fojas 29/54 y fojas 114 y las Actas Acuerdo obrantes, respectivamente, a fojas 55/57 y 58, todos del Expediente Nº 1.417.793/10.
— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
— Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa y de las Actas Acuerdo homologados y/o de esta Disposición, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo - Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente Nº 1.417.793/10
Buenos Aires, 17 de junio de 2011
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 485/11, se ha tomado razón de la Convención Colectiva de Trabajo de Empresa obrante a fojas 29/54 y aclaración de fojas 114, y acuerdos de fojas 55/57 y 58 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 1205/11 “E”, 755/11 y 756/11 respectivamente. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
APUAYE
Y
EDESE S.A.
INDICE
-
MARCO NORMATIVO Y PRINCIPIOS GENERALES
-
MODALIDADES DE TRABAJO
-
LICENCIAS
-
NIVELES, REMUNERACIONES. BONIFICACIONES Y COMPENSACIONES
-
BENEFICIOS AL PERSONAL
-
REPRESENTACION GREMIAL
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
-
MARCO NORMATIVO Y PRINCIPIOS GENERALES.
En la ciudad de Buenos Aires a los 20 días del mes de octubre de (20/10/2010) entre la EMPRESA...
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