Disposición Nº 995/GCABA/DGCYC/17
Firmantes | Tojo |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES |
VISTO:
La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), el Decreto N° 95/14, sus
modificatorios N° 114/16 y N° 411/16, el Decreto N° 675/16, la Disposición N°
215/DGSEGUROS/16, y el Expediente Electrónico N° 14.767.423/MGEYA-
DGSEGUROS/2.016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el visto, tramitó la Licitación Pública N°
503/SIGAF/16, la Contratación de una cobertura de un Seguro de Responsabilidad
Civil a efectos de amparar la Actividad Educativa y una Cobertura de Seguro de
Accidentes Personales a fin de amparar al alumnado en la órbita del Ministerio de
Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Disposición N° 215/DGSEGUROS/16, se aprobó el mentado proceso
licitatorio y se adjudicó a la firma SAN CRISTOBAL S.M.S.G. (Renglones N° 1 y 2) por
la suma de Pesos Seis Millones Trescientos Trece Mil con 00/100 ($ 6.313.000),
girándose en consecuencia la Orden de Compra N° 37.487/SIGAF16;
Que por Decreto N° 675/16 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual no
incluyera a la ex Dirección General de Seguros, encomendando en esta Dirección
General de Compras y Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de Gestión
Operativa del Ministerio de Hacienda, parte de sus competencias, entre las que se
encuentra la de entender e intervenir en las contrataciones y renovaciones de
coberturas de seguros que deban efectuar las reparticiones del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, esta Dirección General de Compras y Contrataciones, tramita la prórroga
contractual del Seguro citado ut-supra, por un nuevo periodo de doce (12) meses
consecutivos contados a partir del vencimiento de la cobertura de la póliza vigente;
Que dicha determinación se adopta, de conformidad a los términos del Artículo 4 del
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en uso de las facultades conferidas en el
artículo N° 119 Inciso III) de la Ley N° 2.095 y su reglamentación;
Que se notificó fehacientemente mediante Cédula de Notificación debidamente
diligenciada, con fecha 10 de octubre del 2.017, a la firma SAN CRISTOBAL S.M.S.G.
dando cuenta de la decisión adoptada por la Administración Activa de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba