Disposición N° 99/DGRYGIEG/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición18 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 99/DGRYGIEG/21
Buenos Aires, 12 de agosto de 2021
VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado en Ley N° 6.017), los Decretos Nros.
168/GCBA19, Decreto N° 230/GCABA/2020, Resolución N° 1281-MHYDHGC/2016,
las Disposiciones N° 16-DGABRGIEG/2019 y 12- DGRYGIEG/2020, el Expediente
Electrónico N° EX-2016-15994993- -MGEYA-DGTALMHYDH, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico mencionado en el Visto tramitó la prórroga del
contrato de locación administrativa del inmueble sito en la calle Monteagudo N° 435 de
esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un período de treinta y seis (36) meses
contados a partir del día 4 de agosto de 2019, venciendo por consiguiente el día 3 de
agosto de 2022, con destino a albergar a personas que carecen de vivienda y/o a las
dependencias administrativas de gestión de gobierno que se determine;
Que mediante la Resolución N° 1281-MHYDHGC/2016 se aprobó el Contrato de
Locación Administrativa del inmueble en cuestión, por el término de treinta y seis (36)
meses, contados a partir del 4 de agosto de 2016 hasta el 3 de agosto de 2019,
previéndose en su Cláusula Décimo segunda la facultad de LA LOCATARIA de
prorrogar la vigencia del mismo por un plazo de hasta tres (3) años más de
conformidad con la normativa reglamentaria;
Que mediante la Disposición N° 16-DGABRGIEG/2019, se aprobó la cláusula adicional
de prórroga del contrato de locación mencionado por un plazo de tres (3) años a partir
del 4 de agosto de 2019 hasta el 3 de agosto de 2022, acordándose el valor del canon
locativo mensual para el primer año y conviniendo que para los periodos posteriores
las partes fijarán nuevos valores previa tasación del Banco Ciudad de Buenos Aires;
Que mediante la Disposición N° 12-DGRYGIEG/2020, se aprobó la adenda a la
cláusula adicional de prórroga del contrato de locación mencionado, acordándose el
valor del canon locativo mensual para el segundo año;
Que, a los fines de acordar el canon locativo a abonarse durante el tercer año y de
conformidad con lo previsto por el Decreto Nº 168-GCABA/19, artículo 28 inc. 12º pto.
f), que reglamenta la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), se requirió al
Banco Ciudad de Buenos Aires la tasación pertinente, y se consensuó el canon
locativo total para dicho período en PESOS UN MILLÓN SEISCIENTOS CINCUENTA
Y SEIS MIL ($1.656.000.-), pagadero en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas
de PESOS CIENTO TREINTA Y OCHO MIL ($138.000.-) cada una;
Que se ha tomado el compromiso definitivo del gasto;
Que, a los fines de proceder a materializar el acuerdo arribado, resulta pertinente
dictar el acto administrativo que apruebe la adenda por la cual se establece el monto
del valor locativo para el periodo referido.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la normativa citada,
EL DIRECTOR GENERAL DE RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL
DE EDIFICIOS DE GOBIERNO
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6195 - 18/08/2021

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