Disposición N° 97/DGTALMC/19

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 97/DGTALMC/19
Buenos Aires, 23 de abril de 2019
VISTO: el Decreto Nº 433-GCBA-16, el E.E Nº 06.614.054-2019, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 433/16, se estableció un régimen para hacer frente a
aquellos gastos realizados por resultar de una operación impostergable que asegure
un servicio o beneficio inmediato para la Ciudad o su gestión administrativa, y que
deben llevarse a cabo con una celeridad y eficacia que impida realizar otro
procedimiento previsto en la normativa vigente;
Que por el Anexo I del Decreto Nº 433/16, se autoriza al Director General Técnico,
Administrativo y Legal o funcionario con rango o responsabilidades equivalentes a
aprobar contrataciones por un monto mensual de PESOS SEIS MILLONES ($
6.000.000);
Que a través de la nota NO-2019-07151953-DGTALMC, el Gerente de la Gerencia de
Arquitectura y Gestión Edilicia Cultural solicitó iniciar la aprobación del gasto
correspondiente al servicio de desinfección del Edificio La Prensa;
Que se refiere a un gasto de carácter necesario, excepcional e imprescindible a los
fines de brindar herramientas eficaces con destino a adaptar los procesos
administrativos en virtud de la readecuación normativa de los indicados regímenes y
asegurar el adecuado cumplimiento de las misiones encomendadas por el Decreto N°
290/18;
Que en tal sentido, se trató de una operación impostergable en razón de asegurar
servicios instrumentales y fines esenciales, que debió llevarse a cabo con una
celeridad que impidió someterlo a los procedimientos previstos por la Ley Nº 2095
(texto consolidado por Ley N° 6.017) de compras y contrataciones vigentes, conforme
lo requerido por el inciso a) del artículo 3 del Decreto N° 433/16;
Que en cumplimiento del inciso b) del mencionado artículo, se cursaron invitaciones a
tres (3) firmas con experiencia en el rubro, resultando la más conveniente de las dos
(2) ofertas recibidas la presentada por la firma ECOFUM S.A., CUIT Nº 30-71457476-
7, que cotizó un precio acorde a los valores actuales de mercado, por un monto total
de PESOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS ($30.492.-);
Que el proveedor se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y
Permanente de Proveedores al momento de la aprobación del gasto, y se ha
recepcionado satisfactoriamente el servicio solicitado, de conformidad con lo requerido
en el inciso c) del referido artículo, de acuerdo a lo informado por la Gerencia de
Arquitectura y Gestión Edilicia Cultural mediante NO-2019-07151953-DGTALMC;
Que se ha dado cumplimiento a las formalidades exigibles para la aplicación del
régimen de excepción en cuestión;
Que se efectuó la correspondiente Solicitud de Gasto, según el sistema SIGAF;
Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en la Disposición Nº 49-DGAC-08;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decretos Nros. 433/16,
EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5610 - 06/05/2019

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