Disposición N° 97/DGEMP/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición14 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 97/DGEMP/21
Buenos Aires, 31 de marzo de 2021
VISTO: La Ley Nacional Nº 20.744, las Leyes Nº 6.292, Nº 265, el Decreto Nº 463-
GCABA/19, la Resolución Nº 168/2002 de la Secretaría de Trabajo de la Nación y el
Protocolo Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad; el Convenio Nº
50/2001 de Entendimiento y Acciones Conjuntas en materia de Inspección de Trabajo
y Fortalecimiento de la Autoridad Administrativa del Trabajo entre el entonces
Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos de la Nación y el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Protocolo Adicional al Convenio
de Entendimiento y Acciones Conjuntas Nº 01/2001, el Acuerdo Nº 4/2003 de Prórroga
de la Cláusula Segunda del Protocolo Adicional al Convenio Nº 50/2001, la Disposición
Nº DI-2012-61-DGEMP; el Expediente Nº 2020-30727443-GCABA-DGEMP, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al de Desarrollo Económico y Producción;
Que mediante el Decreto Nº 463-GCABA/19, se aprobó la estructura orgánica
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
hasta el nivel de Dirección General, encontrándose la Subsecretaría de Trabajo,
Industria y Comercio bajo la órbita del citado Ministerio;
Que por la Ley Nº 265, artículo 2º, inciso d), la autoridad de aplicación del trabajo tiene
como función la rúbrica de documentación Laboral;
Que por Resolución Nº 168/2002 de la Secretaría de Trabajo de la Nación, se aprueba
el texto de Protocolo Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad
(Anexo I);
Que a través del Convenio Nº 50/2001, el Protocolo Adicional Nº 01/2001 y el Acuerdo
Nº 04/2003 de Prórroga de la Cláusula Segunda del citado Protocolo Adicional, se
establece que la rúbrica de documentación laboral es asumida por el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires a partir del 1º de abril del año 2003;
Que por el Protocolo referido, artículo 4º se determina el procedimiento para la
centralización de la rúbrica de documentación en un domicilio del empleador;
Que, por el expediente citado en el visto tramita la presentación de “KUMENIA S.A.”
C.U.I.T. Nº 30-71218887-8 con domicilio legal sito en la Av. Del Libertador Nº 7000,
piso 1º, departamento “B” de esta Ciudad; por medio de la cual solicita el cambio del
domicilio de la centralización de rúbrica de documentación laboral a la Av. Del
Libertador Nº 6550, piso 2º, departamento “C”, informa bajas y solicita el alta de
nuevos domicilios a los mismos efectos;
Que, oportunamente, mediante la Disposición Nº DI-2012-61-DGEMP, se autorizó al
peticionante, la centralización de rúbrica de documentación laboral en el domicilio sito
en Av. La Plata Nº 213, piso 1º de esta Ciudad;
Que, en su presentación, la empresa informa la baja del domicilio oportunamente
autorizado, sito en Av. La Plata Nº 213, piso 1º, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, por lo que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6099 - 14/04/2021

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