Disposición Nº 96/GCABA/DGFYC/16

FirmantesPérez Lorgueilleux - Alonso - May
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Fiscalización y Control
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2016

VISTO:

El Expediente N° 83133/05, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA-05

(B.O.C.B.A. N° 2126) ratificado por Resolución N° 103-LCABA/2006 (B.O.C.B.A. N°

2463) y N° 2-GCBA-05 (B.O.C.B.A. N° 2136) ratificado por Resolución N° 104-

LCABA/06 (B.O.C.B.A. N° 2463), la Resolución N° 02-SSCC/2005 (B.O.C.B.A. N°

2136), Resolución N° 11-SSCC/2005 (B.O.C.B.A 2194), la Resolución N° 12-

SSCC/2005 (B.O.C.B.A 2209), la Resolución N° 68-SSE-SSCC/2006 (B.O.C.B.A. N°

2521), la Resolución N° 12-SSCC-2006 (B.O.C.B.A N° 2370), y la Ley N° 2624/2007

promulgada por Decreto N° 2137/07, y;

CONSIDERANDO:

Que, el local perteneciente a HOMERIX S.R.L. y NOCTU S.A. UNIÓN TRANSITORIA

DE EMPRESAS, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "JET", ubicado en

Avenida Rafael Obligado N° 4801 y La Pampa, de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y que posee Autorización de Funcionamiento con carácter precario por

Disposición N° 4213/DGHP/2007 dictada en el expediente N° 35.237/2007 en el

carácter de Local de Baile Clase "C", otorgada con sustento y como consecuencia,

derivada de la medida cautelar resuelta en el Expediente Judicial 22.132/0, caratulado

"PUERTO NORTE S.A. c/ GCBA s/ acción meramente declarativa", en trámite por ante

el Juzgado en lo Contenciosos Administrativo y Tributario N° 11 de la Ciudad de

Buenos Aires, y hasta tanto se resuelva definitivamente la cuestión de fondo debatida

en autos;

Que, la firma HOMERIX S.R.L. y NOCTU S.A. UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS

es locataria de PUERTO NORTE S.A, titular de la concesión de uso del local, otorgado

en conformidad con la Resolución N° 146/2000 de la Administración General de

Puertos;

Que, mediante Disposición N° 081/DGHP-DGFYC-DGFOC/2007, obrante a fs. 633/8,

se otorgó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 092/07;

Que, mediante Disposición N° 0109-DGHP-DGFYC-DGFOC/2008 de fecha 19 de

diciembre de 2008, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de seiscientos

ochenta y ocho (688) personas;

Que, mediante Disposiciones Conjuntas N° 0075/08, rectificada por Disposición N°

01/2009, N° 80/09, N° 100/10, N° 104/12, N° 135/13, N° 92/14, DISFC-2015-79-

DGFYC y DISFC-2016-83-DGFYC, respectivamente, se renovó la inscripción en el

Registro Público de Lugares Bailables para el local antes referido por el término de un

(1) año en cada una de ellas;

Que, por NO-2016-20980000-DGAINST, la Dirección General de Asuntos

Institucionales de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR