Disposición Nº 942/GCABA/DGET /16

FirmantesHarilaos
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Evaluación Técnica - Apra
Fecha de la disposición24 de Junio de 2016

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Ordenanza N° 36.417, las

Disposiciones N° DI-2.012-117-DGTALAPRA y N° DI-2.016-100-DGEV, el Expediente

N° EX-2.016-13.731.491-MGEyA-APRA, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Apertura Avenida Triunvirato entre Avenida Elcano y Avenida Federico

Lacroze", con una traza de 550 m., Distrito de Zonificación: UF;

Que el proyecto implica la prolongación de la Avenida Triunvirato (2700/2600), desde

su actual fin en Avenida Elcano (4100/4200) hasta la Avenida Federico Lacroze

(4000/4100), alcanzando un desarrollo total de 550 m. aproximadamente, incluyendo

la conexión del nuevo tramo con la calle Teodoro García y permitiendo completar el

perímetro de la manzana correspondiente a la esquina de Avenida Forest y Avenida

Federico Lacroze;

Que la apertura de la traza se desarrollará en el Sector Norte del terreno perteneciente

a la Estación Federico Lacroze del Ferrocarril Urquiza, en un predio subutilizado que

forma parte de la playa de maniobras del Ferrocarril, comprendido por la Avenida

Elcano, las calles Guevara, Céspedes, Fraga, la Avenida Forest, Avenida Federico

Lacroze y la Avenida Guzmán e implica;

Que por Notas N° NO-2016-12245134-MDUYTOGC y N° NO-2016-12596049-

MDUYTOGC, el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte informó a la Agencia de

Administración de Bienes del Estado dependiente del Gobierno de la República

Argentina, la intención de adquirir el predio antes mencionado por parte del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Ordenanza N° 36.417 se aprobó el trazado para el proyecto a categorizar;

Que por Disposición N° DI-2.016-100-DGEV, la Dirección General de Espacios

Verdes, autorizó a Autopistas Urbanas S.A. a "realizar las tareas de extracción de un

(01) ejemplares arbóreos, por su cuenta y cargo, afectados por la obra "Apertura de la

Av.Triunvirato entre las Av. Elcano y Federico Lacroze";

Que se dio intervención a las Direcciones Generales de Planificación de la Movilidad;

de Obras de Infraestructura Urbana; de Interpretación Urbanística; de Planeamiento

Urbano; de Sistema Pluvial; de Tránsito y Transporte las que manifestaron que no

encuentran objeciones al proyecto a categorizar;

Que en virtud de que el proyecto en cuestión no se encuentra contemplado en el

Cuadro de Categorización, Anexo II del Decreto N° 222/12, corresponde a la Autoridad

de Aplicación proceder a su categorización;

Que en el Informe N° IF-2016-16049570-DGET, de fecha 23 de junio de 2.016, la

Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General

manifiesta que considera al proyecto peticionado como de Impacto Ambiental Sin

Relevante Efecto;

Que el área técnica considera que durante la etapa de construcción se producirán

impactos ambientales negativos resultando en todos los casos de magnitud leve, al

tratarse de impactos acotados a un período que no se extenderá más allá del tiempo

en que se desarrolle la obra. Asimismo se verifican los impactos positivos y

permanentes producidos por el proyecto en funcionamiento;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de

conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07;

Que por Informe N° IF-2016-16025219-DGET, de fecha 23 de junio de 2.016, la

Subgerencia Operativa de Contaminación Acústica, manifiesta que a "Todos los

proyectos o modificaciones de los recorridos actuales de transporte, público y privado,

y vías de circulación entre las que se incluyen las autopistas, autovías, carreteras,

...

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