Disposición N° 924/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición26 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 924/DGIUR/18
Buenos Aires, 18 de junio de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 29.922.561/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos "Comercio Minorista de Golosinas envasadas (kiosco); Comercio
Minorista de helados (sin elaboración); Café Bar", para el inmueble sito en la calle La
Pampa Nº 3084, Planta Baja, UF Nº 1, con una superficie a habilitar de 109,08m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito U28 del Código de
Planeamiento Urbano Ley Nº 449;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
16918145-DGIUR-2018, en relación con la normativa vigente, informa que: El
Parágrafo 5.4.6.29 Distrito U28 - Belgrano R, establece: 1) Carácter: Sector Urbano
que abarca parte del antiguo Barrio de Colegiales, de las Villas Ortúzar, Mazzini y
Urquiza y que han mantenido un paisaje arbolado de tejido abierto y baja densidad
poblacional, con neta predominancia del uso residencial familiar con edificación acorde
con tal paisaje, el que es menester preservar y proteger en base a las sugerencias y
acciones promovidas por los mismos vecinos. 4.1) Delimitación: según Plano No Plano
N° 5.4.6.29. 4.2) Carácter urbanístico: Zona destinada a la localización del uso
residencial. ..."5) Usos: El Distrito se destina al uso residencial exclusivo y al
equipamiento al servicio de la vivienda. Se respetarán los usos comerciales existentes
no admitiéndose la construcción de nuevos locales comerciales, ni la ampliación de los
existentes. 5.1 Usos permitidos 5.1.1 Residencial: Una o más unidades funcionales por
parcela sin otras limitaciones que las definidas en el anterior punto 4. Se admitirán
estudios y consultorios profesionales anexos a las viviendas. 5.1.2 Otros Usos: En los
locales existentes no habilitados, se admitirá el funcionamiento de usos comerciales y
de servicios con una superficie máxima de 100m según lo siguiente: a) Exposición y
venta minorista de antigüedades, exposición y venta de libros, exposición y venta de
pinturas y artes gráficas, Taller de artesanía, Textiles, Cerámica, Madera, Taller de
reparaciones de bicicletas, Taller de reparaciones de Calzado, Taller de reparaciones
de Relojes y joyería, Heladería, Panadería, Despacho de Pan, Taller de reparación de
lapiceras, paraguas, cuchillos, Ferretería, Farmacia, Cerrajería, Librería y Papelería,
Perfumería, Bombonería, Bazar, Venta de Calzados, Venta de ropa, Óptica y
Fotografía, Casa de regalos, Casa de Iluminación, Lencería, joyería, Vivero,
Juguetería, Mercería, Casa de alquiler de videos, Casa de Computación, Taller de
marcos, Tapicería, Quioscos. b) Servicios: Estudios y Consultorios Profesionales,
anexos a viviendas, Agencia de Lotería, quiniela, Peluquería y Barbería, de mudanzas
sin garaje ni depósito, Casa de Fotocopias, Locutorio, Sucursal Bancaria, Inmobiliaria,
Reparación de Electrodomésticos, Museo, Biblioteca, Correo";
Que visto lo indicado por la ley vigente y en relación a los usos solicitados, se informa
que: Se trata de una parcela intermedia en la manzana circunscripta por las calles La
Pampa, Zapiola, Virrey del Pino y las vías del FFCC Mitre. La superficie que se
pretende habilitar es de aproximadamente 109,08 m²;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5401 - 26/06/2018

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