Disposición N° 918/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición10 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 918/DGIUR/21
Buenos Aires, 7 de junio de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente EX-2021- 07985879- -GCABA-DGROC, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para el predio sito en la Av. Argentina
Nº 5350 (Sección 066; Manzana 016; Parcela 007.);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe Nº
13097456/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana estima oportuno el dictado del acto administrativo que deniegue,
desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la fijación de Línea de Frente Interno
y Línea Interna de Basamento solicitado en el Expediente de referencia;
Que el predio en cuestión se encuentra emplazada en una zona afectada a Unidades
de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) Art. 6.2.3. y a Unidades de Sustentabilidad
de Altura Media (U.S.A.M.) Art. 6.2.4. del Código Urbanístico, por lo que se encuentra
afectada a Línea de Frente Interno (L.F.I.) y Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que por ello, en virtud de la documentación presentada y del análisis realizado por la
mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana corresponde dictar el acto
administrativo que deniegue la situación planteada considerando que la manzana en
consulta es típica, siendo de aplicación lo establecido en los Art 6.4.2. - “Línea de
Frente Interno (L.F.I.)” y Art. 6.4.3. - “Línea Interna de Basamento (L.I.B.)”,
acompañados del Art. 6.4.2.3. - “Extensiones Vinculadas al Espacio Libre de
Manzana”, en las parcelas que corresponda;
Que por lo todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que deniegue la
fijación de Línea de Frente Interno y Línea Interna de Basamento solicitado en el visto,
en virtud de la documentación presentada;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Deniéguese, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la fijación
de la Línea de Frente Interno y Línea Interna de Basamento, para el predio sito en la
Av. Argentina Nº 5350 (Sección 066; Manzana 016; Parcela 007), en virtud de la
documentación presentada y por los motivos expuestos en los considerandos de la
presente Disposición.
Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Tuya
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6145 - 10/06/2021

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