Disposición Nº 91/GCABA/HBU/17

FirmantesOviedo - Sosa
EmisorHOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA DR. BONORINO UDAONDO

VISTO:

el Expediente N° 15848381/MGEyA/HBU/2017, conforme a las normativas del Decreto

433/2016, y

CONSIDERANDO:

Que según lo manifestado por la Jefa de Unidad Farmacia, resulta urgente e

imprescindible contar con la Adquisición: ACIDO TRANEXAMICO DE 500 MG.,

necesario y urgente para la atención de los pacientes internados en este Hospital;

Que de acuerdo a las normativas del Decreto 433/2016, se han cursado las

pertinentes invitaciones a los

distintos proveedores: MACOR INSUMOS

HOSPITALARIOS S.R.L., DROGUERIA ARTIGAS S.A., ALPHA MEDICAL GROUP

S.R.L., entre otros;

Que la empresa MAX PHARMA S.R.L. ha presentado la oferta conveniente;

Remito Original:

MAX PHARMA S.R.L. N° 0001-00095796, ascendiendo a la suma de $ 10.380,00

(PESOS DIEZ MIL TRESCIENTOS OCHENTA);

Que este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente

Electrónico se corresponde con su original ajustado a normativa vigente, el cual obra

en poder de este efector/o unidad de organización y no contiene tachaduras ni

enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas;

Que el presente trámite se encuentra dentro de las previsiones del Decreto N°

433/2016 y Art. 6° Decreto N° 392/GCABA/2010;

Por Ello,

EL DIRECTOR DE HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA

DR. CARLOS BONORINO UDAONDO

CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO

DE GESTION ADMINISTRATIVA, ECONOMICA Y FINANCIERA,

DISPONEN

ARTÍCULO 1° Apruébese el gasto realizado para la Adquisición: ACIDO

TRANEXAMICO DE 500 MG., imprescindible, urgente y necesario para la atención de

los pacientes internados en este Establecimiento, PEDIDO N° 72/17, a favor de la

siguiente empresa: MAX PHARMA S.R.L. ascendiendo a la suma de $ 10.380,00

(PESOS DIEZ MIL TRESCIENTOS OCHENTA). El monto acumulado por Decreto N°

433/2016 para el mes de Julio de 2017 asciende a la suma de $ 326.639,00 (PESOS

TRESCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE).-

ARTÍCULO 2° Encuádrese dentro de las previsiones del Decreto N° 433/2016...

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