Disposición N° 90-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición19 de Enero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 90/DGIUR/18
Buenos Aires, 12 de enero de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 24.360.567/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista de Calzados en general y Artículos de cuero,
talabartería y Marroquinería; de Artículos personales y para Regalos", para el inmueble
sito en la Av. Córdoba Nº 532/50/52/70, Viamonte Nº 501/509/ 515/
521/525/529/541/545/547/549 San Martin Nº 702/712/714/718/728/732/
736/746/748/752/760 Florida 725/727/729/735/755/765/771/777/ 783/785 Planta Baja -
Stand G232 - Galerías Pacífico, con una superficie a habilitar de 5,66 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 del Distrito APH 51 "Catedral al
norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,
Modificado para dicho distrito por Ley 3943 (BOCBA Nº 3831), el mismo se encuentra
Catalogado con Nivel de Protección Estructural. El inmueble se encuentra afectado al
Distrito de Arquitectura Especial AE16 y resultan permitidos los usos correspondientes
al Distrito C1;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
26310259-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados permitidos hasta 1000 m² son: "Textiles, pieles, cueros,
artículos personales, del hogar y afines. Regalos";
Que los usos solicitados se encuentran comprendidos en el Cuadro de Usos 5.2.1a)
del Código de Planeamiento Urbano en la Clase A LOCAL COMERCIAL s/exigencia
de estacionamiento o carga y descarga en el agrupamiento COMERCIO MINORISTA
y resulta "permitido hasta 1000 m²" en el Distrito de Zonificación C1. Los mismos no
afectan patrimonialmente al edificio;
Que no se visa publicidad, toda vez que el local se encuentre en la PB en la posición
G232;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Disposición Nº 1447-DGIUR-2017 con fecha 17 de
noviembre de 2017.
Artículo 2º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Comercio Minorista de Calzados en general y Artículos de cuero, talabartería
y Marroquinería; de Artículos personales y para Regalos", para el inmueble sito en la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5298 - 19/01/2018

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