Disposición Nº 9/GCABA/DGTALINF/17

FirmantesSantagada López
EmisorDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ASINF

VISTO:

El Decreto N° 1510/GCABA/97 (Texto Consolidado por Ley N° 5666), la Disposición N°

551/DGTALINF/2016, la Disposición N° 558/DGTALINF/2016, el Expediente

Electrónico N° 7080541-MGEYA-ASINF-2016, y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición 551/DGTALINF/16 y su Rectificatoria Disposición N°

558/DGTALINF/2016, se aprobaron los gastos efectuados oportunamente por la Caja

Chica Común N° 6/2016 de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la

Agencia de Sistemas de Información;

Que atento a las recientes modificaciones realizadas en el Resumen de Comprobantes

por Fecha y por Imputación registrado en SADE como Anexo Firma Conjunta (IF-

28151886-DGTALINF-2.016) y Anexo Firma Conjunta (IF-28151909-DGTALINF-2016),

corresponde rectificar los informes citados (Orden 159 y160);

Que en este sentido, luce el Informe N° 1913094/ASINF/2017, mediante el cual la

Subgerente Operativa de Contabilidad y Patrimonio, solicitó modificar la Disposición

558/DGTALINF/2016 a fin de readecuar la la rendición de cuentas como rendición

final;

Que asimismo, bajo Orden N° 173 luce el Anexo Firma Conjunta (IF-2017-01706969-

DGTALINF), mediante el cual la suscripta y la Srta. Lara López, suscribieron el

Resumen de Comprobantes por Fecha correspondientes a la Caja Chica Común N° 6

de esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas

de Información;

Que en este sentido bajo el número de Orden N° 174 luce el Anexo Firma Conjunta

(IF-2017-1707082-DGTALINF), mediante el cual la suscripta y la Srta. Lara López,

suscribieron el Resumen de Comprobantes por Imputación correspondientes a la Caja

Chica Común N° 6 de esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la

Agencia de Sistemas de Información;

Que el artículo 124 del Decreto N° 1510/GCABA/97 (Texto Consolidado por Ley N°

5666) establece que "En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente

materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la

sustancia del acto o decisión";

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que rectifique, los

términos de la Disposición N° 558/DGTALINF/16.

Por ello y en uso de la facultades conferidas por el artículo 124 del Decreto N°

1510/GCABA/97 (Texto Consolidado por Ley N° 5666),

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA...

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