Disposición N° 9/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 7 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 9/DGIUR/22
Buenos Aires, 3 de enero de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63- SSREGIC-20 y el EX-2021-12367639- -GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que en el Expediente mencionado en el Visto se solicita la Factibilidad Patrimonial
para la “Obra Nueva” en los inmuebles sito en calle José Cubas Nº 4254, 4256, 4258
(Sección 083, Manzana 030, Parcela 002) y calle José Cubas Nº 4250, esquina Av.
Lincoln 4396 (Sección 083, Manzana 030, Parcela 001);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que los inmuebles en cuestión están emplazados en el Área de Amortiguación del
APH 36 – “Plaza Arenales y Estación Devoto” y no se encuentran catalogados;
Que está sujeto a las normas descriptas en el artículo 3.7.30. Anexo II (APH36 Plaza
Arenales y Estación Devoto), del Código Urbanístico;
Que de acuerdo a lo expresado en la documentación adjunta en IF-2021-12367369-
GCABA-SSREGIC (Orden Nº 6), en IF-2021-12367415-GCABA-SSREGIC (Orden Nº
7) y en PLANO-2021-12367459-GCABA-SSREGIC (Orden Nº 14), Anteproyecto, se
describen las tareas propuestas;
Que las parcelas sitas en calle José Cubas Nº 4254, 4256, 4258 (Sección 083,
Manzana 030, Parcela 002) y calle José Cubas Nº 4250, esquina Av. Lincoln N° 4396
(Sección 083, Manzana 030, Parcela 001), no poseen trámite en curso para una
unificación, por lo que deberá ser tramitada una servidumbre o la correspondiente
unificación;
Que por IF-2021-39742243-GCABA-DGIUR la Gerencia Operativa Patrimonio
Arquitectónico y Urbano ha analizado el caso de acuerdo a lo precitado y estima que,
correspondería dictar el acto administrativo que considere factible, desde el punto de
vista urbanístico, las obras a realizarse en el inmueble de referencia toda vez que las
mismas se encuadran en la normativa de aplicación;
Que toda reforma, modificación del inmueble, tratamiento de la fachada, colocación de
cartelería y/o usos deberá ser consultada a esta Dirección General;
Que por la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 se otorgó una prórroga de 180 días
contados a partir del día hábil siguiente al término de la vigencia de la emergencia
sanitaria, en referencia al COVID 19, de aquellas Disposiciones que se dicten
posterioridad a la entrada en vigencia de dicha Resolución;
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que considere factible,
desde el punto de vista del patrimonio arquitectónico y urbano, las obras descriptas en
PLANO-2021-12367459-GCABA-SSREGIC, para los inmuebles sito en calle José
Cubas Nº 4254, 4256, 4258 (Sección 083, Manzana 030, Parcela 002) y calle José
Cubas Nº 4250, esquina Av. Lincoln N° 4396 (Sección 083, Manzana 030, Parcela
001).
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6291 - 07/01/2022

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