Disposición N° 9/DGAJRH/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición15 de Noviembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 9/DGAJRH/21
Buenos Aires, 9 de noviembre de 2021
VISTO: La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6347), el Decreto N° 304/18, la
Resolución N° 2.291/MEFGC/18 modificada por las Resoluciones Nros.
3.574/MEFGC/19 y 4.403/MEFGC/19, la Disposición N° 27-DGTALMJG/19 y el
Expediente Electrónico N° 17568665-COMUNA10/19 y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado tramita el recurso de reconsideración interpuesto por el agente
Sergio Rubén Verdún, DNI N° 13.741.448, CUIL N° 20-13741448-2, contra el acto
oportunamente dictado por el Comité de Revisión de Evaluación de Desempeño (IF-
2019-15924895-GCABA-COMUNA10) y la Disposición 27-DGTALMJG/19 que lo había
designado;
Que mediante el dictado del Decreto N° 304/18, el Jefe de Gobierno delegó en el
entonces Ministro de Economía y Finanzas la facultad de dictar el Régimen de
Evaluación de Desempeño anual aplicable al personal comprendido en los artículos 4°
y 40 de la Ley N° 471, como asimismo aprobar los Formularios de Evaluación de
Desempeño y las disposiciones particulares del mismo;
Que en ese sentido, por la Resolución N° 2.291/MEFGC/18, modificada por las
Resoluciones Nros. 3574/MEFGC/19 y 4403/MEFGC/19, se aprobó el Régimen de
Evaluación de Desempeño Anual aplicable al personal comprendido en el artículo 4° y
40 de la citada ley, así como los mencionados Formularios;
Que en el artículo 9° del Anexo I de la Resolución 4403/MEFGC/19, se estableció el
proceso de revisión de las evaluaciones aplicable en caso de disconformidad de los
agentes evaluados;
Que por su parte, en el artículo 11 del referido Anexo, se fijó que la conformación y
designación del Comité de Revisión estará a cargo del Director/a General Técnico
Administrativo y Legal o su equivalente según la jurisdicción;
Que en el precitado artículo se establece que el Comité de Revisión estará integrado
por: “...a) la Autoridad Superior de la Unidad Organizativa en la cual fue evaluado/a el
agente, o el superior inmediato de dicha Autoridad y su suplente, debiendo este último
tener rango equivalente o superior a Director/a General y revistar en la Jurisdicción en
la que fuera evaluado el solicitante; b) un (1) representante de la Gerencia Operativa
de Recursos Humanos o equivalente, con rango no inferior a Subgerente Operativo de
la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal o equivalente de la jurisdicción en
la que fuera evaluado el solicitante y su suplente, debiendo éste último revistar en la
Jurisdicción en la que fuera evaluado el solicitante y tener rango equivalente o superior
a Subgerente Operativo y c) un (1) representante gremial con mandato suficiente y con
representación en la jurisdicción que revista el solicitante y su suplente. En ningún
supuesto podrá formar parte del comité el/la evaluador/a del agente que hubiese
solicitado la revisión...”;
Que, constituido dicho Comité, mediante Acta N° IF-2019-15924895-GCABA-
COMUNA10, se resolvió ratificar la calificación de “Desempeño Bajo” correspondiente
al período 2018, realizada oportunamente por los evaluadores, la cual fue notificada al
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6257 - 15/11/2021

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