Disposición N° 895/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición28 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 895/DGIUR/22
Buenos Aires, 2 de mayo de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63- SSREGIC-20 y el EX-2022-07650285-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 y sus modificatorias, se aprobó el Código Urbanístico de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar el
uso “6.2.17. Oficina comercial/consultora” en el inmueble sito en la calle Adolfo Alsina
N° 845, Sub 2°, Subsuelo 1°, Planta Baja, Piso 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° y 8°;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
15019601/DGIUR/2022 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice, desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
presente;
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en el Área de Protección Histórica
Específica APH 1 "APH1 San Telmo - Avenida de Mayo, Sector 14 Zona de
Amortiguación" Zona 5d, del Código Urbanístico;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa de Usos
del Suelo se considera oportuno acceder a la localización del uso “6.2.17. Oficina
comercial/consultora”, toda vez el rubro solicitado no origina impactos relevantes en el
área de implantación;
Que respecto a los requerimientos de estacionamiento vehicular, estacionamiento de
bicicletas, Espacios para Carga y Descarga, se destaca que deberá cumplimentar con
58 módulos de estacionamiento de bicicletas o según artículo artículo 3.14.4.
Servidumbres de Estacionamiento, Bicicleta y Carga y Descarga, todo de conformidad
a lo establecido en el cuadro de usos del suelo N° 3.3 y concordantes del Código
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6406 - 28/06/2022

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