Disposición Nº 893/GCABA/DGIUR/15

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición19 de Junio de 2015

VISTO:

El Expediente N° 8.541.110/2015 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Restaurante -Cantina" y "Café Bar" y "Esquema de publicidad" para el

inmueble sito en Av. Leandro N. Alem N° 742 Sótano - Planta Baja y Entre Piso -UF N°

4, con una superficie a habilitar de 80,82 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2 Distrito APH 51 de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra con Nivel de Protección Cautelar;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

16724157-DGIUR-2015, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso

solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el

Cuadro de Usos 5.2.1a .del Código de Planeamiento Urbano para el Distrito C1 y

resultan Permitidos en el Distrito de Zonificación APH51, Zona 2;

Que los usos consignados permitidos: "Alimentación en general, restaurant, cantina,

pizzería, grill. Con servicio de envío a domicilio debe cumplir referencia 38 para

estacionamiento. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto,

sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C.

debiendo cumplir con la referencia "P" Permitido y para estacionamiento con la

referencia "26" "Salón de 150m2 o más: 20%, como mínimo, de la superficie total

construida" y "38" "10% de la superficie del local será estacionamiento destinada para

guarda, con un mínimo de 12,5m2" y "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos,

heladería, etc. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto,

sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley N° 123: s/C."

debiendo cumplir con la referencia "P" Permitido y para estacionamiento con la

referencia "26" "Salón de 150m2 o más;

Que los requerimientos de estacionamiento a) "26" no debe cumplimentarla porque...

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