Disposición N° 890/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición21 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 890/DGIUR/18
Buenos Aires, 11 de junio de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 6.367.019/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Oficina Comercial", en el inmueble sito en la calle Florida Nº
888/90/98 y Paraguay Nº 606/10/24/26, Piso 18º, U.F Nº 89, con una superficie a
habilitar de 357,34m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 3 del Distrito APH 51 "Catedral al
Norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449 y
Decreto Nº 1181-GCBA/07 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Nº 2772, de
fecha 23 de Agosto de 2007, Texto Ordenado del mismo Código;
Que los usos para los inmuebles del área no comprendidos en el "Listado de
Inmuebles Catalogados" en dicho Distrito APH serán los que resulten de aplicar las
disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 para el Distrito C2 del Código de
Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
16268417-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos solicitados toda vez que el mismo no origina impactos relevantes en el Distrito
APH 51 "Catedral al norte";
Que los usos permitidos en el Distrito C2 en el Cuadro de Usos 5.2.1.a) del Código de
Planeamiento Urbano: "Servicios Terciarios: Oficina comercial - Oficina consultora, con
Referencia 31 de estacionamiento (1 modulo cada 120m² de la superficie total
construida)";
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que respecto a la Referencia 31 de Estacionamiento, es optativo el cumplimiento de 3
módulos, por aplicación del Artículo 5.3.4.1 inciso b) por ser inmueble preexistente al
01/05/77;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Oficina Comercial", en el inmueble sito en la calle Florida Nº 888/90/98 y
Paraguay Nº 606/10/24/26, Piso 18º, U.F Nº 89, con una superficie a habilitar de
357,34m² (Trescientos cincuenta y siete metros cuadrados con treinta y cuatro
decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de
aplicación para el presente caso.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5398 - 21/06/2018

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