Disposición N° 89/DGSPR/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición11 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.º 89/DGSPR/19
Buenos Aires, 22 de marzo de 2019
VISTO: Las Leyes N°5669/2016, N°26.529/2009, N°5688/2016, N° 25.506 y N°
25.326, Disposición N° 1-DGSPR/18, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 26.529/2009 se establece el ejercicio de los derechos del
paciente, en cuanto a la autonomía de la voluntad, la información, y la documentación
clínica;
Que la ley 25.326 tiene por objeto, la protección integral de los datos personales
asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de
tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para
garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas, así como también el
acceso a la información que sobre las mismas se registre, de conformidad a lo
establecido en el artículo 43, párrafo tercero de la Constitución Nacional;
Que mediante la Ley 5669/2016 se incorpora en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la Historia Clínica Electrónica;
Que ante la normativa vigente y la consulta efectuada al Ministerio de Salud del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al respecto, ésta entiende que los
certificados de aptitud psico-física se encuentran alcanzados por la misma, toda vez
que la historia clínica es el documento más importante, pero no es el único registro
que contiene información respecto del paciente;
Que la Ley 25.506/01 reconoce el empleo de la firma electrónica y digital y su eficacia
jurídica permitiendo garantizar la autoría de los certificados antes mencionados, así
como la fecha y la hora en la que se realizaron;
Que por Ley 5688 se creó el Sistema Integral de Seguridad Publica de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la mencionada Ley en su Libro VI regula la prestación del servicio de seguridad
privada en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en sus arts. 441 inc. 5, 445 y 458 establece la obtención de certificados de aptitud
psico-física;
Que en la Disposición N° 1-DGSPR/18, se establecen los plazos para la presentación
ante esta Dirección General, de la documentación a los fines del alta y/o revalidación
del personal vigilador de servicios de seguridad privada;
Que esta Dirección General de Seguridad Privada en el marco de una política
orientada a llevar a cabo su plan estratégico, tiene como meta implementar
paulatinamente el proceso de despapelización, hacia la gestión documental
electrónica;
Que en este sentido, esta Dirección General, se ha erigido como Autoridad de Registro
(AR) dentro de la Infraestructura de Clave Pública (ICP) del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Autoridad de Certificación (AC) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, establece las condiciones de funcionamiento, las condiciones de
seguridad y homologa los dispositivos criptográficos donde se protege la identidad
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5596 - 11/04/2019

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