Disposición N° 87/SGA/22

EmisorMinisterio Público de la Defensa
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 87/SGA/22
Buenos Aires, 24 de mayo de 2022
VISTO La Ley Nº 1.903 y sus modificatorias, la Ley de Compras y Contrataciones Nº
2.095, texto consolidado por la Ley Nº 6347, su reglamentación aprobada por
Resolución CCAMP Nº 53/2015, la Resolución DG N° 218/22,y el Expediente DP Nº
170/22, y;
CONSIDERANDO:
I.- Que, mediante el expediente del Visto tramita la Contratación Directa Nº 15/22,
referida a la provisión del servicio de pauta publicitaria para este Ministerio Público de
la Defensa, con COPME S.A.S., en su portal web www.informepolitico.com.ar, del 1 de
marzo hasta el 31 de diciembre de 2022;
II.- Que, la mencionada contratación tiene por objeto la difusión institucional de las
actividades desarrolladas por este Ministerio Público de la Defensa, y los servicios que
presta a la comunidad a fin de garantizar el acceso a la justicia;
III.- Que, la presente contratación está prevista en el Plan Anual de Compras y
Contrataciones 2022, aprobado por Resolución DG N° 354/2021;
IV.- Que, de la oferta presentada por COPME S.A.S., surgen las características y
condiciones del servicio y la cotización del mismo, cuyo monto asciende a la suma de
PESOS DIECISEIS MIL ($ 16.000,00) mensuales, hasta el 31 de diciembre del
corriente año;
V.- Que, COPME S.A.S. presentó la totalidad de la documentación exigida por el
ordenamiento normativo a los fines de la adjudicación de la contratación;
VI.- Que, la contratación que se propone refiere a un servicio profesional a prestarse a
través de un sistema tecnológico a desarrollar por personas o empresas
especializadas, en el caso por COPME S.A.S., a través de su portal web, encuadrando
de tal manera en el procedimiento de contratación directa previsto en el art. 28, inc. 4°
de la Ley de Compras y Contrataciones N° 2095, que admite el sistema de
contratación directa “cuando se trate de obras, bienes o servicios científicos, técnicos,
tecnológicos, profesionales o artísticos cuya ejecución solo puede ser confiada a
empresas, personas o artistas especializados o de reconocida capacidad y
experiencia, independientemente de la personería que revisten”;
VII.- Que, la Dirección de Presupuesto realizó la afectación presupuestaria, de acuerdo
a lo establecido en la Ley Nº 70;
VIII.- Que, conforme el artículo 13 de la reglamentación de la Ley 2095, aprobada por
Resolución CCAMP Nº 53/2015, el suscripto, en su calidad de titular de Unidad
Operativa de Adquisiciones, conforme lo establecido en la Resolución DG 197/17, se
encuentra facultado para aprobar la contratación y adjudicarla, toda vez que el monto
involucrado no supera las cien mil (100.000) unidades de compra, -esto es hasta la
suma de pesos seis millones doscientos mil ($6.200.000), por aplicación del art. 35,
apartado b) de la Ley 6507 (Presupuesto para el Ejercicio Económico 2022), que
establece que cada unidad de compra es igual a pesos sesenta y dos ($ 62,00), quien
se encuentra asimismo facultado para suscribir la correspondiente Orden de Compra;
IX.- Que, sin perjuicio de lo expuesto en el considerando anterior, conforme surge de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6387 - 31/05/2022

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