Disposición Nº 86/PJCABA/MP/17

FirmantesCostales
EmisorMINISTERIO PÚBLICO

Gobierno e la Ciudad Autónoma e Buenos Aires

"2017 Año e las Energías Renovables"

VISTO

La Ley de Compras y Contrataciones N° 2.095 modificada por la Ley N° 4.764 y el

Expediente DP N° 230/17 del registro de este Ministerio Público de la Defensa, y;

CONSIDERANDO:

  1. Que, mediante la Contratación Directa N° 19/17, tramita la contratación del servicio

    de Difusión Institucional de este Ministerio Público de la Defensa con la firma CANCHA

    POLÍTICA DE ANDREA GLIKMAN, en su portal web www.canchapolitica.com.ar,

    hasta el 31 de diciembre de 2017;

  2. Que, la mencionada contratación tiene por objeto la difusión institucional de la

    actividad desarrollada por este Ministerio Público y los servicios que presta a la

    comunidad a fin de garantizar el acceso a la justicia;

  3. Que, la presente contratación se encuentra incluida en el Plan Anual de Compras y

    Contrataciones 2017 aprobado por Resolución DG N° 244/17;

  4. Que, del presupuesto presentado por la firma CANCHA POLITICA DE ANDREA

    GLIKMAN CUIT 20-22493797-1, surgen las características y condiciones del servicio y

    la cotización del mismo, cuyo monto asciende a la suma de PESOS CINCO MIL ($

    5.000) mensuales, lo que significa un monto total de PESOS TREINTA Y CINCO MIL

    ($ 35.000), por el período comprendido entre los meses de junio y diciembre del

    corriente año;

  5. Que, la firma CANCHA POLÍTICA DE ANDREA GLIKMAN CUIT 20-22493797-1

    presenta la totalidad de la documentación exigida por el ordenamiento normativo a los

    fines de la adjudicación del servicio;

  6. Que, la contratación que se propone refiere a un servicio profesional a prestarse a

    través de un sistema tecnológico a desarrollar por personas o empresas

    especializadas, en el caso la firma CANCHA POLÍTICA DE ANDREA GLIKMAN CUIT

    20-22493797-1, encuadrando de tal manera en el procedimiento de contratación

    directa previsto en el art. 28, inc. 4° de la Ley de Compras y Contrataciones N° 2095,

    que admite el sistema de contratación directa "cuando se trate de obras, bienes o

    servicios científicos, técnicos, tecnológicos, profesionales o artísticos cuya ejecución

    solo puede ser confiada a empresas, personas o artistas especializados o de

    reconocida capacidad y experiencia, independientemente de la personería que

    revisten";

  7. Que, conforme lo expuesto en el considerando anterior, la contratación deberá

    comprender el período comprendido entre los días 1° de junio y 31 de diciembre del

    corriente año y, por lo tanto, el monto total de la misma deberá ser de PESOS

    ...

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