Disposición N° 85/HNJTB/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición25 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 85/HNJTB/18
Buenos Aires, 19 de junio de 2018
VISTO:
El expediente Nº 09547985/HNJTB/18 y;
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Nº 09547985/2018 se autorizó la adquisición de insumos con
destino al servicio del Laboratorio del Hospital Dr. José T. Borda, dependientes del
Ministerio de Salud, en consecuencia se emitió la Orden de Provisión Nº 413-5313-
OC-18, a favor de la firma MEDI SISTEM S.R.L., siendo el Plazo de 05/06/2018
Que la empresa presenta Nota solicitando una ampliación de entrega desde su
vencimiento, de los renglones Nº 41 y 51 respectivamente
Que el monto total Prorrogado por mora asciende a la suma de PESOS TRES MIL
CIENTO SETENTA Y SEIS CON NOVENTA CENTAVOS (3.176,90)
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo Nº 9º de la Ley Nº 2095
de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada
por Decreto 1772-GCBA-2006 (B.M. Nº 2557) y lo establecido en el Decreto Nº
1353/GCBA/08;
EL DIRECTOR
DEL HOSPITAL “JOSE T. BORDA“ EN SU CARÁCTER
DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
DISPONE:
Artículo 1º.- Impóngase a la firma MEDI SISTEM S.R.L., adjudicataria de la Orden de
Compra Nº 413-5313-OC-18, domiciliada en la calle CONCEPCION ARENAL 4553/55
(C1427 EKW) Ciudad Auto. De Buenos Aires, acuerdo con lo previsto en el Artículo Nº
123º y 121° de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires las Penalidades que a continuación se detallan. Una prórroga por los
renglones no entregados, los cuales asciende a la suma de PESOS TRES MIL
CIENTO SETENTA Y SEIS CON NOVENTA CENTAVOS (3.176,90) Artículo 2º.-
Aplicándole por la suma de PESOS TREINTA Y UNO CON SETENTA Y SIETE
CENTAVOS (31,77) (el 1% del monto no provisto)
Artículo 3º. - Remítase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de
Hacienda a fin que proceda a deducir el importe consignado el Art. 1º de las facturas
de la Empresa que se encuentren al cobro. De no contar con acreencias, debera tomar
la intervención de su competencia el Departamento Control de Ingresos de la
Contaduría General, para que por su intermedio la Agencia Gubernamental de
Ingresos Publicos (AGIP) formule el cargo e ingrese el importe pertinente.
Articulo 4º- Regístrese, Notifíquese fehacientemente a la firma MEDI SISTEM S.R.L.
conforme a lo establecido por los Artículos 60 y 61 del DNU Nº 1.510/GCBA/97;
aprobado por Resolución Nº 41-LCBA-98; Publíquese en el Boletín Oficial de la
Ciudad de Buenos Aires (Conf. Art. 11 DNU Nº 1.510/GCBA/97 Aprobado por
Resolución Nº 41-LCBA-98), por él termino e un DIA y en la Pagina WEB (Conf.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5400 - 25/06/2018

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