Disposición Nº 85/GCABA/?/17

FirmantesHarilaos
EmisorGOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Resolución N° RESOL-2017-

171-APRA, el Expediente N° EX-2016-19887158-MGEYA-DGTALAPRA, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Laboratorio de análisis clínicos (700.400); Laboratorio de estudios

radiológicos (700.401); Laboratorio de estudios especiales (700.402). Consultorio

profesional (700.340)", a desarrollarse en la Avenida Asamblea N° 361/63, Subsuelo,

Planta Baja, 1° al 8° Piso y Azotea, de esta Ciudad, con una superficie de 1.730,57

m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 6, Sección: 40, Manzana: 090, Parcela:

018, Distrito de Zonificación: C3;

Que en el Informe N° IF-2017-10924998-DGEVA, de fecha 12 de mayo de 2017, la

Gerencia Operativa de Evaluación de Impacto Ambiental de esta Dirección General

considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular

de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se

establecen;

Que la Subgerencia Operativa de Registros y Evaluación Técnica Legal, ha tomado la

debida intervención en el marco de sus competencias.

Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2016-

074-APRA, N° RESOL-2017-181-APRA y RESOL-2017-196-APRA,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE

Artículo 1° Categorízase el proyecto: "Laboratorio de análisis clínicos (700.400);

Laboratorio de estudios radiológicos (700.401); Laboratorio de estudios especiales

(700.402). Consultorio profesional (700.340)", a desarrollarse en la Avenida Asamblea

N° 361/63, Subsuelo, Planta Baja, 1° al 8° Piso y Azotea, de esta Ciudad, con una

superficie de 1.730,57 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 6, Sección: 40,

Manzana: 090, Parcela: 018, Distrito de Zonificación: C3, como de Impacto Ambiental

Sin Relevante Efecto.

Artículo 2° Otórgase el Certificado de Aptitud Ambiental a nombre de Obra Social de

Mandos Medios de las Telecomunicaciones en la República Argentina y Mercosur

(O.S.M.MED.T.), titular de la actividad indicada en el artículo 1°.

Artículo 3° Se establecen las siguientes condiciones a cumplir durante la etapa de

obra y el desarrollo de la actividad: Etapa de obra: 1) Cumplir con...

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