Disposición N° 85/DGIUR/23

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Febrero de 2023
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 85/DGIUR/23
Buenos Aires, 6 de enero de 2023
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Disposición Nº 1662/DGIUR/21, la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2021-
12678963-GCABA-DGIUR, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados, mediante la Disposición Nº 1662/DGIUR/21, se fíjó
como Líneas de Frente Interno para la Sección 049, Manzana 065 según Anexo I (IF-
2021-28587335-GCABA-DGIUR);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que los artículos 50 y 56 de la Ley Nº 6361 -que sustituyen a los artículos 6.4.2.1
“Casos especiales de determinación de la L.F.I.” y 6.4.3.2 “Casos especiales de
determinación de L.I.B.” respectivamente, de la Ley Nº 6099- determinan que el
Organismo Competente establece de oficio mediante acto administrativo la Línea de
Frente Interno y la Línea de Interna de Basamento correspondiente para toda la
manzana;
Que mediante PD-2022-33668704-GCABA-AGC (Orden nº 2) del EX-2022-33668684-
GCABA-AGC se solicitó la revisión de la Disposición Nº 1662/DGIUR/21 y su Anexo I
(IF-2021-28587335-GCABA-DGIUR);
Que a raíz de ello, en los presentes actuados mediante IF-2022-46979859-GCABA-
DGIUR, la Gerencia Operativa de Morfología Urbana informó que se procedió a una
revisión del trazado, por lo que corresponde dejar sin efecto la Disposición Nº
1662/DGIUR/21 y su Anexo I (IF-2021-28587335-GCABA-DGIUR) y dictar nuevo acto
administrativo conforme IF-2022-46979859-GCABA-DGIUR;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en un área
especial individualizada de Urbanización Determinada U38 Barrio Parque Donado-
Homberg (s/Artículo 5.7.31 Anexo II del Código Urbanístico), y al mismo tiempo en
una zona afectada por Unidades de Sustentabilidad de Altura Media (U.S.A.M.) Art.
6.2.3 del Código Urbanístico (Ley N° 6099) por lo que corresponde el trazado de la
Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles La Pampa, Holmberg, Virrey del
Pino y Donado. Dicha manzana posee un frente de 87.78 m sobre la calle La Pampa,
un frente de 130.24 m sobre la calle Holmberg, un frente de 87.34 m sobre la calle
Virrey del Pino y un frente de 130.27 m sobre la calle Donado; todos ellos medidos en
las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una
superficie total de 11.404,02 m2, de acuerdo a Consulta de Perímetro de Manzana
obtenida por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que la manzana en cuestión, si bien se considera típica, no pueden ser trazadas por el
Art. 6.4.2 debido a que se encuentran conformada por una Unidad de Edificabilidad
como así también por una Urbanización Determinada con normativa especial,
adicionado que la misma mantienen una estructura parcelaria y usos complejos;
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6569 - 27/02/2023

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