Disposición N° 8434/DGHP/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición23 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 8434/DGHP/21
Buenos Aires, 20 de julio de 2021
VISTO: La Resoluciones N° 380-GCABA-AGC/20, y sus modificatorias Nº
178/AGC/2021 y Nº 197/AGC/2021, y el Expediente Electrónico EX-2021-21346278-
GCABA-DG H P, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 380-GCABA-AGC/20, se autorizó con carácter excepcional y
transitorio hasta tanto se produzca el reinicio de la actividad de baile, a los
establecimientos que desarrollen los rubros 2.4.7 “Local de Baile Clase “C” hasta 1000
m2” y 2.4.8 “Local de Baile Clase “C” más de 1000 m2” respectivamente, para la
realización de actividades exclusivamente gastronómicas en los espacios internos, con
un coeficiente de aforo máximo del treinta por ciento (30%) en relación a la capacidad
máxima habilitada, conforme protocolo aprobado mediante Decreto N° 393/20 (IF-
2020-27067725-GCABA-MDEPGC) (artículo 1º).
Que luego, la Resolución N° 178-AGC/21, sustituyó el artículo 1 de su antecesora
Resolución Nº 380/AGC/2020 y autorizó con carácter excepcional y transitorio hasta
tanto se produzca el reinicio de la actividad de baile, la realización de actividades
exclusivamente gastronómicas en los espacios internos de los Locales de Baile Clase
C, con un coeficiente de aforo máximo del treinta por ciento (30%) tomando para su
cálculo lo dispuesto por el Código de la Edificación aprobado por la Ley N ° 6.100, en
relación al coeficiente de ocupación establecido para "Bares, Cafés y Cafeterías",
según detalle obrante en el cuadro del artículo 3.4.7.4 (Coeficiente de Ocupación)
(artículo 1º).
Que en ese contexto y siempre en miras de amortiguar el impacto económico que,
sobre las actividades comerciales desarrolladas en los locales comprendidos en esas
normas, produjo la situación de emergencia sanitaria actual y las normas y medidas
adoptadas en consecuencia, el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción del
GCBA dictó la Resolución N° 163-MDEPGC/21, que modifica el factor de ocupación
del treinta por ciento (30%), hasta ahora vigente.
Que en consecuencia, la Resolución Nº 197/AGC/2021, sustituyó el artículo 1º de la
Resolución Nº 380/AGC/2020 (texto según artículo 1 de la Resolución Nº
178/AGC/2021) por el siguiente texto: "Autorizase con carácter excepcional y
transitorio hasta tanto se produzca el reinicio de la actividad de baile, a los
establecimientos que desarrollen los rubros 2.4.7 "Local de Baile Clase "C" hasta 1000
m2" y 2.4.8 "Local de Baile Clase "C" más de 1000 m2" respectivamente, para la
realización de actividades exclusivamente gastronómicas en los espacios internos, con
un coeficiente de aforo máximo del cincuenta por ciento (50%) tomando para su
cálculo lo dispuesto por el Código de la Edificación aprobado por la Ley N ° 6.100, en
relación al coeficiente de ocupación establecido para "Bares, Cafés y Cafeterías",
según detalle obrante en el cuadro del artículo 3.4.7.4 (Coeficiente de Ocupación),
conforme al “PROTOCOLO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOCALES
GASTRONÓMICOS PARA PREVENCIÓN Y MANEJO DE CASOS DE COVID-19”)."
Que en consecuencia, corresponde ahora reglamentar las cuestiones inherentes al
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6178 - 23/07/2021

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