Disposición N° 82/DGTALMC/19

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición10 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 82/DGTALMC/19
Buenos Aires, 3 de abril de 2019
VISTO: el Decreto Nº 433-GCBA-16, el E.E Nº 09.543.707-2019, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 433/16, se estableció un régimen para hacer frente a
aquellos gastos realizados por resultar de una operación impostergable que asegure
un servicio o beneficio inmediato para la Ciudad o su gestión administrativa, y que
deben llevarse a cabo con una celeridad y eficacia que impida realizar otro
procedimiento previsto en la normativa vigente;
Que por el Anexo I del Decreto Nº 433/16, se autoriza al Director General Técnico
Administrativo y Legal o funcionario con rango o responsabilidades equivalentes a
aprobar contrataciones por un monto mensual de PESOS SEIS MILLONES ($
6.000.000);
Que a través de la nota NO-2019-09571656-DGTALMC, la Gerencia Operativa
Mantenimiento y Gestión Edilicia Cultural solicito iniciar la aprobación del gasto
correspondiente al mantenimiento preventivo y correctivo de ascensores del edificio
sito en Avenida de Mayo 575 CABA, sede del Ministerio de Cultura del Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires, correspondiente al mes de marzo del corriente año;
Que se refiere a un gasto de carácter necesario, excepcional e imprescindible a los
fines de brindar herramientas eficaces con destino a adaptar los procesos
administrativos en virtud de la readecuación normativa de los indicados regímenes y
asegurar el adecuado cumplimiento de las misiones encomendadas por el Decreto N°
290/18;
Que en tal sentido, se trató de una operación impostergable en razón de asegurar
servicios instrumentales y fines esenciales, que debió llevarse a cabo con una
celeridad que impidió someterlo a los procedimientos previstos por la Ley Nº 2095
(texto consolidado por Ley N° 6.017/18) de compras y contrataciones vigentes,
conforme lo requerido por el inciso a) del artículo 3 del Decreto N° 433/16;
Que en cumplimiento del inciso b) y c) del mencionado artículo, se cursaron
invitaciones a tres (3) firmas con experiencia en el rubro, resultando conveniente la
oferta presentada por la firma Cetine S.A. CUIT Nº 30-71240280-2, que cotizó un
precio acorde a los valores actuales de mercado, por un monto total de PESOS
OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS ($89.500,00.-);
Que el proveedor se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y
Permanente de Proveedores al momento de la aprobación del gasto, y se ha
recepcionado satisfactoriamente el servicio solicitado de conformidad con lo requerido
en el inciso c) del referido artículo de acuerdo a lo informado por la Gerencia Operativa
mantenimiento y Gestión Edilicia Cultural mediante NO-2019-09571656-DGTALMC;
Que se ha dado cumplimiento a las formalidades exigibles para la aplicación del
régimen de excepción en cuestión;
Que se efectuó la correspondiente Solicitud de Gasto, según el sistema SIGAF;
Que, se ha dado cumplimiento con lo dispuesto en la Disposición Nº 49-DGAC-08;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nro. 433/16,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5595 - 10/04/2019

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