Disposición N° 82/DGIUR/23

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Febrero de 2023
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 82/DGIUR/23
Buenos Aires, 6 de enero de 2023
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº EX-2022-24901356-GCABA-DGIUR, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la fijación de Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento según Art. 6.4.2.1 “Casos especiales de
determinación de la L.F.I.” y Art. 6.4.3.2 “Casos especiales de determinación de L.I.B.”
para las siguientes Manzanas pertenecientes a la comuna 4: Sección 038; Manzanas
014A; Manzana 015A; Manzana 024A; Manzana 024B; Manzana 025A; Manzana
025B; Manzana 040A; Manzana 041A; Manzana 041B; Manzana 043A; Manzana
043B; Manzana 044A; Manzana 044B; Manzana 045A; Manzana 045B; Manzana
059A; Manzana 059B; Manzana 060A; Manzana 060B; Manzana 061A;
Que mediante la Ley N° 6.099 y sus modificatorios se aprobó el Código Urbanístico de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2022-43515493-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que fije las Línea de Frente Interno (L.F.I.) y Línea
Interna de Basamento (L.I.B.) conforme el gráfico que adjunta-, para las manzanas
Sección 038; Manzana 015A; Manzana 024A; Manzana 024B; Manzana 025A;
Manzana 025B; Manzana 041B; Manzana 043A; Manzana 043B; Manzana 044A;
Manzana 045A; Manzana 045B, y por su parte, considere exentas a las Sección 038,
Manzana 040A; Manzana 041A; Manzana 059A; Manzana 059B; Manzana 060A;
Manzana 060B; Manzana 061A, teniendo en cuenta que la estructura parcelaria y la
geometría. Ello, toda vez que las mismas se encuentran afectadas por los artículos 50
y 56 de la Modificación del Código Urbanístico (Ley N° 6361). Asimismo, se menciona
que los artículos 109, 110, 119 y 123 de dicha modificación para el Anexo II
establecen que: “(...) En el caso que las normas especiales no resulten de aplicación
se rigen subsidiariamente por las normas generales del Código Urbanístico en todo lo
que no se opongan a sus normas específicas.”;
Que en cuanto, a la Sección 038, Manzana 014A, Manzana 044B, las mismas fueron
estudiadas bajo el expediente electrónico EX-2022-31564908- -GCABA-DGIUR, EX-
2021-24226152-GCABA-DGIUR.
Que el artículo 50 de la Ley Nº 6.361 sustituye del Título 6 “Normas de Edificabilidad”
del Código Urbanístico aprobado por Ley Nº 6099, el artículo 6.4.2.1 “Casos
especiales de determinación de la L.F.I.”, por el siguiente: “(...)6.4.2.1. Casos
especiales de determinación de la L.F.I. La Línea de Frente Interno se determina
particularmente en los siguientes casos: a. En manzanas cuadrangulares en las cuales
la semisuma de dos de sus lados opuestos resulte inferior a sesenta y dos metros
(62m), b. Cuando la superficie de la manzana sea inferior a cuatro mil metros
cuadrados (4.000m2), c. Cuando la manzana tenga tres (3), cinco (5) o más lados, o
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6569 - 27/02/2023

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