Disposición N° 812/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 812/DGIUR/22
Buenos Aires, 21 de abril de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019 y el EX-
2021-35470341-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 y sus modificatorias, se aprobó el Código Urbanístico de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar el
uso “6.1.12. Garaje comercial” en el inmueble sito en la calle Balcarce 379, Planta
Baja, 1º Subsuelo y 2º Subsuelo;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe Nº
35470341/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que deniegue, desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia;
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en el Área de Protección Histórica
Específica APH 1 "APH1 San Telmo - Montserrat, Zona de Amortiguación", Zona 5e
del Código Urbanístico;
Que de acuerdo con el cuadro de Usos por Zona, para la zona 5e, le corresponden los
usos indicados en el Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo 4 del Cuadro de Usos del
Suelo N° 3.3;
Que el art 3.14.3. Disposiciones especiales para Área Central establece: “En el área
comprendida por el polígono de Av. Paseo Colón, Av. Belgrano, Bernardo de Irigoyen,
Av. De Mayo, Av. Rivadavia, Montevideo, parcelas frentistas a Av. Corrientes entre
Montevideo y Av. Callao, Av. Córdoba, Carlos Pellegrini, Av. Santa Fe, Florida, San
Martín, Av. Leandro N. Alem, La Rábida y Av. Paseo Colón, está prohibida la
construcción, ampliación y autorización de garajes y/o playas de estacionamiento
cubiertas o descubiertas.”;
Que se trata de la parcela intermedia, circunscripta por la calle Balcarce, Av. Belgrano,
Defensa y Moreno. El inmueble en cuestión se encuentra emplazado en un área
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6405 - 27/06/2022

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