Disposición N° 811/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 811/DGIUR/22
Buenos Aires, 21 de abril de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019 y el EX-
2022-10297723-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 y sus modificatorias, se aprobó el Código Urbanístico de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos “1.3 Comercio Mayorista con deposito art. 3.13.5. a), 1.8 Comercio Minorista
excluido comestible como uso principal., 6.2.17 Oficina comercial/consultora, Sub-
rubro del 1.3: 9 - No alimenticios con especificación de tipo. Sub-rubro del 1.8: 21 -
Com. Min. de ropa confección., lencería, blanco, mantel. text. en gral. y pieles, textiles
para tapicería. 28 - Com. Min. de calzados en gral., art. de cuero. talabartería,
marroquinería”, en el inmueble sito en la calle Bogotá N° 3511 - U.F. Nº 1 Planta
Baja, Planta Alta y Azotea;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe Nº
13087350/DGIUR/2022 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que deniegue, desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia;
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en el Área de Protección Histórica
Especifica APH 53 "Floresta” del Código Urbanístico;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada y del análisis realizado por la
mencionada Gerencia Operativa de Usos del Suelo informa que la localización de los
usos “1.3 Comercio Mayorista con deposito art. 3.13.5. a)., 1.8 Comercio Minorista
excluido comestible como uso principal., 6.2.17 Oficina comercial/consultora, Sub-
rubro del 1.3: 9 - No alimenticios con especificación de tipo. Sub-rubro del 1.8: 21 -
Com. Min. de ropa confección., lencería, blanco, mantel. text. en gral. y pieles, textiles
para tapicería. 28 - Com. Min. de calzados en gral., art. de cuero. talabartería,
marroquinería”, no se encuentran permitidos ya que no están en el listado de usos
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6405 - 27/06/2022

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