Disposición N° 80/DGADCYP/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 80/DGADCYP/19
Buenos Aires, 18 de marzo de 2019
VISTO:
La Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6017), el Decreto Reglamentario Nº
326/17 modificado por Decreto Nº 287/18, el Expediente Electrónico Nº
23.013.775/MGEYA-DGADCYP/18, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el visto tramita la Contratación Directa N° 401-0960-
CDI18, gestionada a través del Sistema Buenos Aires Compra (BAC) para la
contratación del "Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de equipos
médicos marca GBA para diversos efectores del Ministerio de Salud del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" por un plazo veintitrés (23) meses;
Que por Disposición N° 170-DGADCYP/18 fue aprobada y adjudicada la contratación
de marras a la firma GRAN BUENOS AIRES RAYOS X S.A. (CUIT Nº 30-55470418-
9), por un monto de PESOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL
SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS
($10.727.669,96), perfeccionándose la Orden de Compra N° 401-15252-OC18 emitida
a su favor, con un plazo de cumplimiento de contrato de veintitres meses, con
vencimiento de la prestación el 1º de octubre de 2020;
Que en este estado del procedimiento, la Dirección General Coordinación,
Tecnologías y Financiamiento en Salud, área con competencia en la materia, mediante
Nota N° 2019-7085056-GCABA-DGCTFS solicitó una ampliación de la presente
contratación a fin de resolver el requerimiento del Hospital General de Agudos J.A.
Fernández, para el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de un (1) equipo
de RX móvil marca GBA, modelo Mobilex, Serie Nº 099-IA033, instalada en dicho
efector;
Que en virtud de la naturaleza de la gestión que nos ocupa resulta de aplicación lo
contemplado en el Artículo 119, inciso I de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley
Nº 6017) que establece, entre las facultades del organismo contratante, la de "...
Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%) de su valor
original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de
los plazos respectivos. El aumento o la disminución puede incidir sobre uno, varios o el
total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no
exceda el porcentaje previsto, según corresponda.";
Que la ampliación que se tramita del servicio de mantenimiento preventivo y
correctivo, por un plazo de 18 (dieciocho) meses, genera un incremento del gasto de
PESOS DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON
SESENTA CENTAVOS ($ 204.888,60), equivalente al 1,91% del contrato original;
Que, en ese contexto, al amparo de lo dispuesto en las normas de aplicación, la
gestión que se propicia importa el ejercicio, por parte de la administración, de la
facultad de modificar los términos del contrato, esto es, del ius variandi en forma
unilateral y de carácter obligatorio para el co-contratista;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5581 - 20/03/2019

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