Disposición N° 8/GGTALSGCBA/21

EmisorSindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 3 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 8/GGTALSGCBA/21
Buenos Aires, 31 de agosto de 2021
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), los Decretos N°
263/10 (BOCBA N° 3.396) y N° 487/14 (BOCBA N° 4.544), la Resolución N° 4.523-
MHFGC/20 (BOCBA N° 6.012), la Disposición N° 82-DGCG/10 (BOCBA N° 3.425), el
Expediente Electrónico N° 24.608.257-GCABA- GGTALSGCBA/21, y
CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones citadas en el Visto, tramita la baja patrimonial de bienes de
uso de escasa significatividad del Inventario de esta Gerencia General;
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la
Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires personería jurídica
propia y autarquía administrativa y financiera;
Que por Decreto N° 263/10 se aprobó el Sistema de Registro Contable Patrimonial de
Bienes de Uso y de Consumo del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Disposición N° 82-DGCG/10 se aprobó la reglamentación del mencionado
Decreto;
Que por Decreto N° 487/14 se modificó el artículo 7° del Anexo del Decreto N° 263/10
estableciendo que el relevamiento e inventario de la totalidad de los bienes estará a
cargo de los servicios patrimoniales de cada organismo, y que “Los bienes de uso
cuyo valor, tras los procesos de revalúo y depreciación, sea inferior al fijado por el
Ministerio de Hacienda para la incorporación al Módulo de Bienes SIGAF, podrán ser
dados de baja con la emisión de una Disposición o Resolución del titular de la
repartición a la que correspondan, el que deberá ser comunicado al Órgano Rector del
presente sistema (...)”;
Que por Resolución N° 4.523-MHFGC/20 se fijó, a partir del 1° de enero del 2021, en
la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-), el importe a partir del cual se deben
incorporar al Módulo de Bienes del SIGAF, los bienes de escaso valor, las
herramientas y los repuestos menores, de acuerdo con lo establecido por Decreto N°
263/10;
Que habiéndose producido un relevamiento de los bienes de uso pertenecientes a
esta Gerencia General, la OGESE solicitó autorizar la baja de los bienes de uso de
escasa significatividad detallados en el Informe N° 25.306.041-GCABA-
GGTALSGCBA/21;
Que los Responsables de Servicios Patrimoniales de 2° Orden de la Sindicatura
General y de 3° Orden de esta Gerencia General han tomado la debida intervención
en las presentes actuaciones;
Que corresponde dictar el acto administrativo que apruebe las bajas patrimoniales de
los bienes en cuestión;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Jurídico N° IF 25.708.159-
GCABA-GGTALSGCBA/21;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 263/10, y su
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6207 - 03/09/2021

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