Disposición N° 8/EMUI/21

EmisorMinisterio de Espacio Público e Higiene Urbana
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 8/EMUI/21
Buenos Aires, 15 de marzo de 2021
VISTO: la Ley N° 473, la Ley N° 5901 texto consolidado por Ley N° 6347 y su Decreto
Reglamentario N° 81/2018, y la Resolución del Ministerio de Espacio Público e Higiene
Urbana N° 695/2020, las Disposiciones del Ente de Mantenimiento Urbano Integral N°
5/2019, 32/2020, el Expediente Nº 03999662/2021/GCBA/EMUI, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 473, se creó este Ente de Mantenimiento Urbano Integral
(EMUI), con carácter de ente descentralizado;
Que el EMUI, que se encuentra bajo la órbita de la Subsecretaría de Mantenimiento
Urbano del Ministerio de Especio Público e Higiene Urbana, tiene por objeto la
dirección, administración y ejecución de los Servicios Públicos de Mantenimiento
Urbano Integral en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Disposición N° 5-EMUI/2019 se aprobó la estructura orgánico-funcional del
Ente, estableciendo que es competencia de la Subgerencia Operativa de Fiscalización
y Planificación de calzada supervisar las tareas de aperturas y/o roturas por obras
realizadas por empresas de servicio públicos;
Que la Ley N° 5.901 abrogó a la Ley N° 2.634, aprobó el nuevo Régimen de Aperturas
y/o Roturas en la Vía Pública y designó como Autoridad de Aplicación de la misma al
entonces Ministerio de Ambiente y Espacio Público, actual Ministerio de Espacio
Público e Higiene Urbana;
Que mediante el artículo 1º de la citada Ley, se dispuso que todo sujeto que realiza
una o varias aperturas y/o roturas en la vía pública tiene la obligación de cerrarla/s y
tiene a su cargo el costo del cierre, sin perjuicio de quien efectivamente lo ejecute.
Que por su parte, el artículo 17º de la misma norma determina que la Autoridad de
Aplicación debe establecer un sistema de recupero de costos para aquellos supuestos
en los cuales se ejecutaren por sí las obras de cierre de las aperturas y/o roturas en la
vía pública.
Que, asimismo, dicha normativa creó el Registro de Personas Autorizadas para
Aperturas en la Vía Pública (RPAAVP) en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que, por otro lado, el artículo 9° de la mencionada norma fijó como condición para
obtener permisos de apertura, la constitución de una garantía o seguro a favor del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por medio del Decreto N° 81/18 se aprobó la reglamentación de la citada ley y se
facultó a la Autoridad de Aplicación de la Ley a dictar todos los actos interpretativos,
aclaratorios y complementarios, así como las cuestiones técnico-operativas que fueran
necesarias;
Que la Resolución N° 695-MEPHUGC/20 derogó la Resolución N° 540-MAYEPGC/18
y aprobó el nuevo reglamento técnico operativo en materia de obras en la vía pública;
Que por el Anexo V de la citada resolución se estableció el procedimiento para el
cierre de aperturas en la vía pública y se facultó al EMUI a practicar la liquidación de
todas las obras del periodo involucrado y a emitir el correspondiente certificado de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6375 - 11/05/2022

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