Disposición N° 792/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición18 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 792/DGIUR/18
Buenos Aires, 11 de mayo de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 11.038.201/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Maxiquiosco-Comercio minorista" y "Locutorio" para el inmueble sito
en la calle Piedras Nº 682 Planta Baja, con una superficie a habilitar de 33,26 m², y
ONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 4d del Distrito APH 1 "Área de
Amortiguación" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,
Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
13058760-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados permitidos en la Zona “d“ del Cuadro de Usos 5.4.12.1.del
Código de Planeamiento Urbano: Comercio minorista: de Productos alimenticios y/o
bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) - (se opere o no por
sistema de venta - autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería con la
referencia "P" Permitido; "Quiosco" con la referencia "P" Permitido y "Quiosco" Con la
referencia "P" Permitido en el distrito (con la prohibición de venta de bebidas
alcohólicas) y "Locutorio" Permitido hasta 100m²;
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Maxiquiosco-Comercio minorista" y "Locutorio" para el inmueble sito en la
calle Piedras Nº 682 Planta Baja, con una superficie a habilitar de 33,26 m², (Treinta y
tres metros cuadrados con veintiséis decímetros cuadrados) debiendo cumplir con
toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado
publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,
modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta
Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5376 - 18/05/2018

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