Disposición N° 78/DGSPCB/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 9 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 78/DGSPCB/21
Buenos Aires, 6 de abril de 2021
VISTO: Las Leyes N° 5688 (B.O. N° 5030) y N° 6383 (B.O. 6024), los Decretos N°
446/06 y N° 394/14 y las Disposiciones N° 99-DGSPR/2015, N° 273-DGSPR/2015, N°
119 - DGSPR/2017, N° 138- DGSPR/2019, N° 138-DGSPR/2019 y la Carpeta N°
E637751, y;
CONSIDERANDO:
Que la empresa a SWISS ARMY SECURITY GROUP S.A., con domicilio real en calle
Eva Perón N° 1223, Piso 6°, Dpto. “B”, Lanús, Provincia de Buenos Aires y constituido
en la calle Sarmiento N° 1652,
P.B. Dpto. “F de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido habilitada
oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición Nº 99-DGSPR/2051;
Que proximo a vencer el plazo de su última habilitación en fecha 28/04/2021, la
interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en
su Artículo 439, con autorización al uso de armas de fuego: Punto 1, Incisos a), y, b), y
sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Inciso a), b), y c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que, con dicha solicitud, en los términos del Art. 458, 444 y concordantes de la
mencionada Ley, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, al señor
Sepulveda, Carlos Orlando, D.N.I. Nº 14.686.972;
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo N° 218.522, el cual posee
vigencia hasta el día 01/07/2020 y que fuera expedido en Legajo N° 9762089 del
Registro Nacional de Armas
Que el plazo del Certificado ut supra mencionado se encuentra prorrogado, en virtud
de la siguiente normativa: DI-2021-2-APN-DNRYD#ANMAC, prorroga los plazos
establecidos en la Disposición 1/2020, extendidos en la Disposición 2/2020 DNDYR,
Disposición 3/2020 DNDYR, Disposición 1/2020 DNPEPCYCI, Disposición 2/2020
DNPEPCYC#ANMAC, Disposición 3/2020 DNPEPCYC#ANMAC, RESOL-2020-52-
APN-ANMAC#MJ, DI-2020-4-APN-DNPEPCY#ANMAC, DI-2020-5-
APNDNPEPCYC#ANMAC, DI-2020-6-APN-DNPEPCYC#ANMAC, la DI- 2020-1-
APNDNRYD#ANMAC y la DI-2021-3-APN-DNRYD#ANMAC hasta el 30 de abril de
2021;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle la renovación de su habilitación como prestadora de servicios
de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle
el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 180, Punto 14, de la Ley 6383, por lo que corresponde el otorgamiento de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6094 - 09/04/2021

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