Disposición N° 78/DGADCYP/19

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 78/DGADCYP/19
Buenos Aires, 15 de marzo de 2019
VISTO:
La Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 6017), el Decreto Reglamentario Nº
326-GCABA/17 y su modificatorio N° 287-GCABA/18 y el Expediente Electrónico Nº
7.393.394/GCABA-DGADCYP/2019, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el visto, tramita la Contratación Directa N° 401-0322-
CDI19, bajo el marco del artículo 28 inciso 5° -EXCLUSIVIDAD- de la Ley Nº 2095
(Texto consolidado por Ley Nº 6017) y su Decreto Reglamentario Nº 326-GCABA/17
modificado por el Decreto N° 287-GCABA/18, que se gestiona bajo el Sistema Buenos
Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85 Informatización de
las contrataciones - de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto
Reglamentario, para la contratación del "Servicio de Mantenimiento Preventivo y
Correctivo de Equipos marca DRÄGER para diversas dependencias del Ministerio de
Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", por un plazo de nueve
(9) meses -tres trimestres-;
Que, conforme el Certificado obrante en el actuado, la empresa DRÄGER
ARGENTINA S.A. es la única filial de Drägerwerk AG & Co. KGaA para la República
Argentina y está autorizada en carácter de "exclusiva" para la presentación de ofertas,
el suministro, instalaciones y capacitaciones, mantenimientos preventivos y
correctivos, suministro de repuestos y consumibles de los equipos fabricados por
Drägerwerk AG & Co. KGaA y en cumplimiento de todas las normas de calidad
establecidas y estándares exigidos en los diversos continentes en su propio nombre y
por su cuenta y riesgo;
Que asimismo, dicho documento certifica que DRÄGER ARGENTINA S.A. cuenta con
personal entrenado y debidamente capacitado por Drägerwerk AG & Co. KGaA para
realizar la comercialización, instalación, diagnosticar y reparar equipos de toda la línea
de productos de la marca Dräger;
Que, en ese orden de ideas, el encuadre legal de la contratación que nos ocupa se
fundamenta en la exclusividad invocada y acreditada en los actuados mediante la
respectiva documentación, no existiendo en el mercado sustituto alguno, conforme lo
informado por el área técnica;
Que obran agregadas las Solicitudes de Gasto debidamente valorizadas y su
correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado
de la contratación que asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS
VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON CATORCE
CENTAVOS ($ 1.729.584,14) IVA incluido, con cargo en la partida correspondiente;
Que, de conformidad con lo dispuesto en las Normas Anuales de Ejecución y
Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires aprobadas por Decreto Nº 3-GCABA/19, la autorización y
el compromiso de gastos quedan subordinados al crédito que para cada ejercicio se
consigne en los respectivos presupuestos anuales;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5580 - 19/03/2019

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