Disposición N° 77/SAISSP/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 77/SAISSP/19
Buenos Aires, 9 de mayo de 2019
VISTO: La Ley Nº 5688, las Resoluciones N° 16/ISSP/19 y N° 17/ISSP/19, la Nota N°
14257425/SAISSP/19 y el Expediente Electrónico N° 14254588/MGEYA/SGISSP/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la mencionada ley erige al Instituto Superior de Seguridad Pública como una
instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública
y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema;
Que el ingreso a la Policía de la Ciudad y al Cuerpo de Bomberos de la Ciudad se
produce previa aprobación de los programas y requisitos de formación y capacitación
que establezca el Instituto Superior de Seguridad Pública (128 inc. 7 y 281 inc 7 Ley
5688);
Que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad y los aspirantes a Bombero
calificado deben cursar y aprobar el curso de formación inicial que dicta esta casa de
estudios, que es quien determina entre otras cuestiones, el contenido del diseño
curricular, el régimen de asistencia y de evaluación, el régimen de prácticas
profesionalizantes, las actividades extracurriculares y de extensión y demás aspectos
que hacen a la formación (Arts. 151, 151, 317, 380 y 397 Ley 5688);
Que desde otra perspectiva, en el Libro IV referido al Instituto Superior de Seguridad
Pública, la Ley 5688 prescribe que para egresar como Oficial de la Policía de la
Ciudad, o en su caso como Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la
Ciudad, el alumno debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial, incluidas
las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres y conferencias para
contribuir a su formación integral (Art. 379 y 396 Ley 5688);
Que por la Resolución N° 16/ISSP/19 se aprobó el "Curso de Formación Inicial para
Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires" y por la Resolución
17/ISSP/19 se aprobó el "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Bombero
Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad" (Res. N° 17/ISSP/2019);
Que conforme reza el artículo 7 del Anexo I de la Resolución 14/ISSP/13 "Reglamento
del Instituto Superior de Seguridad Pública", entre los fines y objetivos de esta casa de
estudios, se encuentra el realizar todo tipo de actividad académica que fortalezca su
labor;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública en el desarrollo de su misión y
funciones se sujeta a principios rectores y en valores (Art. 360 Ley 5688);
Que con motivo del Convenio Específico de Capacitación suscripto entre la Delegación
de Asociaciones Israelitas Argentinas y esta casa de estudios con el objeto de
desarrollar un "Taller de Convivencia por la Inclusión" en el marco del programa de
capacitación de la DAIA, destinado a los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad
que se encuentren realizando el "Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial
de la Policía de la Ciudad" y a los aspirantes a Bombero Calificado que se encuentren
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5616 - 14/05/2019

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