Disposición Nº 76/GCABA/DGIUR/17

FirmantesBugarín
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

VISTO:

El Expediente N° 26.717.574/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Servicios de alimentación de café bar"; "Casa de lunch" y "Despacho

de bebidas, whisqueria, cervecería" para el inmueble sito en la calle Estados Unidos

N° 509 Planta Baja, Sótano y Entrepiso UF N° 1, con una superficie a habilitar de

114,86 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1c del Distrito APH 1 "San Telmo-

Monserrat" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449,

Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

1677302-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso

solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el

Cuadro de Usos 5.4.12.1 .del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos

en el Distrito de Zonificación APH1, Zona 1c;

Que los usos consignados permitidos son: "Comercio minorista de Productos

alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) - (se

opere o no por sistema de venta - autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y

cigarrería." y "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos." Resultan Permitidos y

"Alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill, heladería, confitería, etc."

Permitido hasta 500m2 y para estacionamiento con el numeral "26" (Salón de 600m2 o

más: 20% de la superficie total construida.) Deberá cumplir con las normas de tejido;

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que el presente caso respecto al estacionamiento se encuadraría en lo establecido en

el Artículo "5.3.4 Casos Especiales, Parágrafo 5.3.4.1 En edificios preexistentes

"...Cuando cuenten con planos aprobados con anterioridad al 01-05-1977...", toda vez

que el inmueble es anterior a 1941 y el salón es menor a 600m2;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

...

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