Disposición N° 76/DGCEM/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición29 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 76/DGCEM/18
Buenos Aires, 11 de mayo de 2018
VISTO
el Expediente Electrónico 21668413/MGEYA/DGCEM/2016
CONSIDERANDO
Que, por los presentes actuados, la Señora Edelmira Alvarez Palacios con DNI
93.310.071, solicita la Medida de No Innovar con respecto al Nicho Nº 29193, Fila 9,
Galería GPA del Cementerio de Flores, donde se encuentran los restos y cenizas de
quien en vida fuera su madre, la Señora VICTORINA AYALA PALACIOS fallecida el
día 9 de Julio de 1999, motivando su petición en el temor inmediato que el actual
arrendatario traslade las cenizas de su progenitora a otro lugar;
Que, la peticionante acredita el carácter de hija de la fallecida mediante copia
scaneada de la partida de nacimiento - según consta de la documentación que luce
agregada en el Orden 2 de los presentes - siendo sus progenitores los señores Pedro
Regalado ALVAREZ y Victorina PALACIOS AYALA, demostrando de esa manera el
interés legítimo requerido por el art. 20 de la ley Nº 4977 /14;
Que oportunamente el Área Registro de Nichos y Sepulturas dependiente de la
Gerencia Operativa de Planeamiento y Registración de esta Dirección General,
efectuó la indisponibilidad provisoria del nicho en cuestión, lo cual se dejó constancia
mediante PV-2016-21743614- DGCEM;
Que mediante Providencia 2016-22950761-SSMEP del orden 11, se dió intervención a
la Procuración General de la Ciudad a fin que se expida sobre la legalidad y
legitimidad de lo planteado;
Que el referido Órgano Asesor mediante IF 2016-24451993-DGAINST del Orden 23
emitió opinión jurídica, considerando que corresponde hacer lugar a la medida de no
innovar administrativa solicitada por Edelmira Álvarez Palacios, en relación al nicho
donde están depositados los restos y cenizas de su madre por el plazo de (90) días,
conforme lo establece la normativa vigente;
Que esta Autoridad de Aplicación, en concordancia con lo opinado por la Procuración
General en el dictamen referido, se encuentra habilitada para otorgar a favor del
presentante, la medida de no innovar administrativa peticionada, por un plazo de
noventa (90) días, establecido en la citada norma;
Por ello, y en el uso de las facultades que son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE CEMENTERIOS
DISPONE
Art. 1.- Hacer lugar a la medida de no innovar administrativa solicitada por la Señora
Edelmira Alvarez Palacios, con DNI 93.310.071 respecto al Nicho Nº 29193, Fila 9,
Galería GPA del Cementerio de Flores donde se encuentran los restos y cenizas de
quien en vida fuera su madre, VICTORINA AYALA PALACIOS por el plazo de 90 días.
Art. 2.- Regístrese. Notifíquese en forma fehaciente a la solicitante de la medida
administrativa de no innovar. Comuníquese al Cementerio de Flores y a la Gerencia
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5382 - 29/05/2018

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