Disposición N° 758/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 8 de Junio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 758/DGIUR/22
Buenos Aires, 13 de abril de 2022
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97, la Disposición Nº
1096/DGIUR/21, el Expediente Nº 408.456.621-21-GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición Nº 1096/DGIUR/21, se autorizó la localización de los usos "1.5.
Alimentación en general y gastronomía, 1.5.1. Patio Gastronómico, 1.8. Comercio
minorista excluido comestibles como uso principal, 2.1.5. Centro Cultural, 2.1.12. Cine,
6.1.13. Garage Comercial", para el inmueble sito en la Av. Córdoba N° 2135, [S:011,
M:042, P:000]”;
Que se ha advertido la comisión de un error material involuntario en la citada
Disposición Nº 1096/DGIUR/21, toda vez que tanto es su parte dispositiva como en su
Considerando 6º donde se consignó “...localizar los usos “Centro Gastronómico
cultural (autorizado según Ley 5539), 1.5. Alimentación en General y Gastronomía
1.5.1. Patio Gastronómico, 2.1.5. Centro Cultural, 2.1.12. Cine, 1.8. Comercio
Minorista excluido comestibles como uso principal, 6.1.13. Garage comercial”, en el
predio sito en la Av. Córdoba N° 2135...” debió decir “...localizar los usos “Centro
Gastronómico cultural (autorizado según Ley 5539), 1.5. Alimentación en General y
Gastronomía 1.5.1. Patio Gastronómico, 2.1.5. Centro Cultural, 2.1.12. Cine, 1.8.
Comercio Minorista excluido comestibles como uso principal, 6.1.12. Garage
comercial”, en el predio sito en la Av. Córdoba N° 2135/2149, Paraguay N° 2150/52,
Pres. José Evaristo Uriburu S/N, Junín S/N, Primer y Segundo Subsuelo...”;
Que en este sentido, el artículo 124 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97
establece que: “En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la
sustancia del acto o decisión”;
Que en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo que rectifique la
Disposición Nº 1096/DGIUR/21.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1°. Rectifíquese el Considerando 6º de la Disposición Nº 1096/DGIUR/21, el
que quedará redactado de la siguiente manera: “Que por el Expediente mencionado
en el Visto se consulta la factibilidad de localizar los usos “Centro Gastronómico
cultural (autorizado según Ley 5539), 1.5. Alimentación en General y Gastronomía
1.5.1. Patio Gastronómico, 2.1.5. Centro Cultural, 2.1.12. Cine, 1.8. Comercio
Minorista excluido comestibles como uso principal, 6.1.12. Garage comercial”, en el
predio sito en la Av. Córdoba N° 2135/2149, Paraguay N° 2150/52, Pres. José Evaristo
Uriburu S/N, Junín S/N, Primer y Segundo Subsuelo”.
Artículo 2°. - Rectifíquese el Artículo 1° de la Disposición Nº 1096/DGIUR/21, el que
quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Autorizase, desde el punto de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6393 - 08/06/2022

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