Disposición N° 7575/DGDYPC/19

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición15 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 7575/DGDYPC/19
Buenos Aires, 1 de agosto de 2019
VISTO: El Expediente 2018-30503146-MGEYA-DGDYPC, y
CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por
el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia del Sr. BERTINO, JOSE FRANCISCO,
DNI 10.087.313, contra LAMUEDRA, MIGUEL ANGEL, CUIT 23-04594468-9, por
presunta infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones al denunciado, con fecha 06 de diciembre de
2018 se promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en fecha 31 de
enero de 2019 sin acuerdo entre las partes;
Que por informe IF-2019-05701698-GCABA-DGDYPC el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Lamuedra, Miguel Ángel, se encuentra inscripto bajo la matrícula N° 2922;
Que por providencia PV-2019-16043612-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción al artículo 10 incisos a), d), e), g) y h) de la Ley 941;
Que debidamente notificado, el sumariado presentó descargo y acompañó prueba
documental;
Que no quedando diligencias pendientes, se ordenó el pase de autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó al administrador la presunta
infracción al artículo 10 incisos a), d), e), g) y h) de la Ley 941, cuyo texto reza:
"Artículo 10.- De las liquidaciones de expensas: Las liquidaciones de expensas
contendrán: a. Datos del administrador (nombre, domicilio, teléfono, C.U.I.T. o C.U.I.L.,
Nº de inscripción en el Registro); (...) d. Nombre y cargo del personal del consorcio,
indicando categoría del edificio, Nº de C.U.I.L., sueldo básico, horas extras detalladas,
período al que corresponde el pago, detalles de descuentos y aportes por cargas
sociales a cargo del consorcio; e. Detalle de los pagos por suministros, servicios y
abonos a contratistas, indicando nombre de la empresa, dirección, Nº de C.U.I.T o
C.U.I.L., Nº de matrícula, trabajo realizado, elementos provistos, importe total y en su
caso, cantidad de cuotas y número de cuota que se abona; (...) g. El recibo del
administrador por el cobro de sus honorarios, detallando Nº de C.U.I.T., número de
inscripción en el Registro de Administradores, consignando su situación fiscal, importe
total y período al que corresponde; h. En caso que existieran juicios por cobro de
expensas o por otras causas en los que el Consorcio sea parte, se indicará en la
liquidación mensual todos los datos del mismo (número de juzgado interviniente y
expediente, carátula, objeto y estado) y capital reclamado...";
Que la citada imputación por presunta infracción al inciso a) tuvo sustento en las
liquidaciones de expensas de los meses de julio, agosto y octubre de 2018, en las que
no se habrían consignado los datos exigidos por la normativa vigente relativo al
domicilio del administrador -el asentado en las liquidaciones de expensas
mencionadas no coincidiría con el constituido ante este Registro en julio y agosto de
2018-, de conformidad con lo establecido en el Decreto reglamentario 551/2010;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5780 - 15/01/2020

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