Disposición N° 754/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición17 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 754/DGIUR/18
Buenos Aires, 9 de mayo de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 9.473.434/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Restaurante, Cantina, Despacho de bebidas, Whisquería,
Cervecería" para el inmueble sito en la calle Guardia Nacional Nº 12/18 - PB y
entrepiso, con una superficie a habilitar de 169m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en un Distrito R2aII de
Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación
Urbanística, a través del IF Nº 12384689-DGIUR-2018, hace saber que en la memoria
descriptiva adjunta a orden 24-RE-2018-11695260-SSREGIC, los interesados
explican: "El local ofrecerá el servicio de comidas junto con la degustación de cervezas
artesanales..." Más adelante agregan "... El local en cuestión obtuvo el permiso por DI-
6-2018DGIURl cual ya fue revisado por el Organismo de competencia y el cual adjunto
el mismo. Los usuarios decidieron ofrecer comidas en vez de minutas por lo que esto
los lleva a realizar el pedido por el Rubro restaurante y DESPACHO DE BEBIDAS
para la degustación de cervezas artesanales...";
Que, en virtud de lo solicitado, y la normativa vigente, se informa que el Parágrafo
5.4.1.3 Distrito R2a, en su ítem b) R2aII; establece:
"...1) Carácter: Zona destinada a la localización residencial similar al Distrito R2aI, pero
con menor intensidad de ocupación total..."
"...5) Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N°
5.2.1...";
Que, de acuerdo al Cuadro de Usos 5.2.1 a), l rubro "Alimentación en general,
restaurant, cantina, pizzería, grill. Con servicio de envío a domicilio debe cumplir
referencia 38 para estacionamiento. Ley N° 123: S.R.E. La actividad complementaria
de música y canto, sólo podrá autorizarse en los distritos R2b III, C1, C2, C3, E2 y E3.
Ley N° 123: s/C." se encuentra comprendido en la CLASE A "SERVICIOS PARA LA
VIVIENDA Y SUS OCUPANTES" en el agrupamiento SERVICIOS TERCIARIOS; y
resulta afectado a la referencia "750", es decir Permitido hasta 750m2 para el Distrito
R2aII debiendo cumplimentar el requerimiento numeral 26 para estacionamiento, es
decir "...Salón de 150m² o más: 20%, como mínimo, de la superficie total construida...";
Que, de la observación de la totalidad de la documentación adjunta surge:
a) Se trata de una parcela intermedia sita en la manzana circunscripta por las calles
Guardia Nacional, Escalada y las Avenidas Rivadavia y. Cnel. L. Ramón Falcón (S060-
M106-P005).
b) La parcela en cuestión posee un ancho de 16,80m sobre la calle Guardia Nacional
c) La superficie que se pretende habilitar corresponde a 169m2
d) Se trata de un inmueble de PB y entrepiso, en el cual de la observación del Plano
de Uso adjunto a orden 8-PLANO-2018-09473424-SSREGIC se visualiza la
proyección en planta baja del salón principal, baño de discapacitados, depósito y un
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5375 - 17/05/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR