Disposición Nº 732/GCABA/IVC/16

FirmantesReverter - Donati Mallea - Migliore
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorInstituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2016

VISTO

lo actuado en EX-2015-06272933-MGEYA-IVC, en relación a la UC N° 73.050, Mza. 2,

Casa 50, del Barrio Illia, CABA., y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada unidad fue adjudicada en venta a los Sres. MARTIN, Robustiano

(DNI N° 5.489.762) y SANCHEZ, Benita (DNI N° 4.798.589) suscribiendo Boleto de

Compraventa Provisorio con fecha 27/04/1989 (fs. 51/57 del legajo).-

Que a fs. 84 del legajo, luce Partida de Defunción del Sr. MARTIN, Robustiano (DNI N°

5.489.762).-

Que de la verificación ocupacional realizada con fecha 29/05/13, surge que la unidad

de marras se encuentra habitada por la cotitular, la Sra. SANCHEZ, Benita (fs. 70/76

del legajo).-

Que fs. 1 de la Nota N° 5821-IVC-13 glosada en el legajo, la Sra. SANCHEZ, Benita

solicita la regularización a su nombre de la UC N° 73.050.

Que a fs. 82 del legajo, luce publicación de Edictos en el Boletín Oficial N° 4872 de

fecha 29/04/16, por el cual se intima a todos aquellos que se crean con derechos

sobre el inmueble tratado, lo hagan valer de acuerdo a los establecido en el Art. 8 del

Anexo I del Decreto N° 512/GCBA/2012.-

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma intervención de competencia manifestando

que corresponde rescindir: "...el 50 % correspondiente al co-titular o sus eventuales

herederos; por haber transgredido los eventuales herederos la cláusula SÉPTIMA, en

los términos de las cláusulas NOVENA Y DÉCIMO PRIMERA, del boleto de

compraventa, oportunamente suscripto..." (orden 8).-

Que en uso de las atribuciones conferidas por ACDIR-2014-2672-IVC.-

LA GERENTE GENERAL

DISPONE:

  1. - Rescindir el 50% indiviso del Boleto de Compraventa Provisorio correspondiente a

    la UC N° 73.050, Mza. 2, Casa 50, del Barrio Illia, CABA., suscripto con fecha

    27/04/1989, a los eventuales herederos del Sr. MARTIN, Robustiano (DNI N°

    5.489.762), por transgresión de la Clausula 7°, en los términos de la Cláusula 9° y 11°,

    del citado instrumento.-

  2. - Refrendan la presente los Gerentes de Coordinación General Gestión Social de la

    Vivienda y de Coordinación General Técnica Administrativa y Legal.-

  3. - Comuníquese a las Gerencias Coordinación General Técnica Administrativa y

    Legal, Coordinación General Acceso a la Vivienda, Coordinación General Gestión

    Social de la Vivienda, Coordinación General Obras y Servicios, Asuntos Jurídicos,

    Regularización Dominial y Notarial, de...

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