Disposición Nº 732/GCABA/IVC/16
Firmantes | Reverter - Donati Mallea - Migliore |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 29 de Septiembre de 2016 |
VISTO
lo actuado en EX-2015-06272933-MGEYA-IVC, en relación a la UC N° 73.050, Mza. 2,
Casa 50, del Barrio Illia, CABA., y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada unidad fue adjudicada en venta a los Sres. MARTIN, Robustiano
(DNI N° 5.489.762) y SANCHEZ, Benita (DNI N° 4.798.589) suscribiendo Boleto de
Compraventa Provisorio con fecha 27/04/1989 (fs. 51/57 del legajo).-
Que a fs. 84 del legajo, luce Partida de Defunción del Sr. MARTIN, Robustiano (DNI N°
5.489.762).-
Que de la verificación ocupacional realizada con fecha 29/05/13, surge que la unidad
de marras se encuentra habitada por la cotitular, la Sra. SANCHEZ, Benita (fs. 70/76
del legajo).-
Que fs. 1 de la Nota N° 5821-IVC-13 glosada en el legajo, la Sra. SANCHEZ, Benita
solicita la regularización a su nombre de la UC N° 73.050.
Que a fs. 82 del legajo, luce publicación de Edictos en el Boletín Oficial N° 4872 de
fecha 29/04/16, por el cual se intima a todos aquellos que se crean con derechos
sobre el inmueble tratado, lo hagan valer de acuerdo a los establecido en el Art. 8 del
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma intervención de competencia manifestando
que corresponde rescindir: "...el 50 % correspondiente al co-titular o sus eventuales
herederos; por haber transgredido los eventuales herederos la cláusula SÉPTIMA, en
los términos de las cláusulas NOVENA Y DÉCIMO PRIMERA, del boleto de
compraventa, oportunamente suscripto..." (orden 8).-
Que en uso de las atribuciones conferidas por ACDIR-2014-2672-IVC.-
LA GERENTE GENERAL
DISPONE:
-
- Rescindir el 50% indiviso del Boleto de Compraventa Provisorio correspondiente a
la UC N° 73.050, Mza. 2, Casa 50, del Barrio Illia, CABA., suscripto con fecha
27/04/1989, a los eventuales herederos del Sr. MARTIN, Robustiano (DNI N°
5.489.762), por transgresión de la Clausula 7°, en los términos de la Cláusula 9° y 11°,
del citado instrumento.-
-
- Refrendan la presente los Gerentes de Coordinación General Gestión Social de la
Vivienda y de Coordinación General Técnica Administrativa y Legal.-
-
- Comuníquese a las Gerencias Coordinación General Técnica Administrativa y
Legal, Coordinación General Acceso a la Vivienda, Coordinación General Gestión
Social de la Vivienda, Coordinación General Obras y Servicios, Asuntos Jurídicos,
Regularización Dominial y Notarial, de...
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