Disposición N° 72/DGTALINF/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 7 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 72/DGTALINF/21
Buenos Aires, 2 de julio de 2021
VISTO: Las Leyes Nros. 471, 2.689, (Textos Consolidados por Ley Nº 6.347), 6.292,
los Decretos Nros. 580/GCABA/16 y 463/GCABA/19 y modificatorios, la Resolución Nº
3880-MHGC/16, la Disposición N° 66/DGTALINF/20, el Expediente Electrónico N°
19402733-GCABA-SSGRH-2021 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347), se creó la
Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las
comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el
orden administrativo, funcional y financiero;
Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, mediante Decreto N° 463/GCABA/19 y modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno Autónoma de Buenos
Aires, y se estableció que el Organismo Fuera de Nivel Agencia de Sistemas de
Información Ley Nº 2.689 se encuentra bajo la órbita de la Secretaria Innovación y
Transformación Digital de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley Nº 471 (Texto Consolidad por Ley N° 6.347) establece en su artículo 47º
“...El personal puede revistar en forma transitoria y excepcional en alguna de las
siguientes situaciones especiales de revista, conforme a normas que regulen la
materia:... b. en comisión de servicio” y en el artículo 49º “Un Trabajador revista en
comisión de servicios cuando, en virtud de acto administrativo emanado de autoridad
competente, es destinado a ejercer sus funciones en forma transitoria fuera del asiento
habitual de éstas, en cumplimiento de órdenes o instrucciones impartidas por el
organismo comisionante”;
Que por el Decreto Nº 580/GCABA/16 se aprobó el Régimen de comisiones de
servicios, transferencias y adscripciones del personal comprendido en el artículo 4° de
la Ley N° 471 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347), en cualquiera de sus
escalafones;
Que asimismo el artículo 3° del Anexo I del Decreto mencionado ut-supra prescribe
que: “El plazo de la comisión de servicios puede ser de hasta un (1) año pudiendo
prorrogarse por igual plazo por única vez”;
Que al respecto se estableció que: “Ningún agente puede desempeñarse en comisión
de servicio por un plazo superior a los dos (2) años por cada cuatro (4) años
calendario”;
Que mediante la Resolución Nº 3880-MHGC/16 se aprobó el procedimiento
administrativo electrónico aplicable a dicho régimen;
Que por Disposición N° 66/DGTALINF/2020, se autorizó el pase en Comisión de
Servicios de la agente Jimena Paola Iñiguez de Heredia DNI Nº 29.364.122 CUIL N°
27-29364122-1, Partida 2184.300.GG-37-01, quien revista en la Dirección General de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6164 - 07/07/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR