Disposición Nº 692/GCABA/DGET /16
Firmantes | Harilaos |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Evaluación Técnica - Apra |
Fecha de la disposición | 19 de Mayo de 2016 |
VISTO:
Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117-
DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2.015-32.348.023-MGEyA-DGET, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: "Restaurante cantina (602.000); Permiso de música y/o canto de 20 a 2 hs.
s/transformación complementario a café, bar wiskería, lácteos, etc. (800.401); Café bar
(602.020); Confitería (602.070)", a desarrollarse en el inmueble sito en Avenida
Presidente Figueroa Alcorta N° 7.424, Planta Baja, Planta Alta y Sótano, de esta
Ciudad, con una superficie de 1.710,66 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción:
16, Sección: 27, Manzana: 133, Parcela: 001A, Distrito de Zonificación: R1bI;
Que en el Informe N° IF-2016-11532031-DGET, de fecha 26 de abril de 2.016, la
Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera
a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;
Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta
menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria
especial para su verificación;
Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de
conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07;
Que por Informe N° IF-2016-04690759-DGET, de fecha 2 de febrero de 2.016, la
Subgerencia Operativa de Contaminación Acústica de esta Dirección General,
manifiesta que "Toda actividad con complemento de "Música y/o Canto" se encuentra
catalogada en el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y
le corresponde la inscripción del titular de la misma en el Registro de actividades
catalogadas (RAC), estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento;
Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga...
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