Disposición N° 69/SAISSP/22

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición27 de Abril de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 69/SAISSP/22
Buenos Aires, 10 de marzo de 2022
VISTO: La Ley Nº 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347), las Resoluciones Nº
121/ISSP/2019 y 212/ISSP/2021, las Notas N° 9649268/DCEISSP/2022, N°
9691189/SAISSP/2022, N° 9716352/SAISSP/2022, Nº 9756314/SAISSP/2022, N°
9781441/SAISSP/2022, y el Expediente Electrónico N°
9690752/GCABA/SGISSP/2022 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° 6.347), establece las bases
jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo referente a su composición, misión, función y
dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales
para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de
seguridad pública;
Que la mencionada Ley erige al Instituto Superior de Seguridad Pública como una
instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública
y es órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los
actores involucrados en todo el sistema, entre los que se destaca a los aspirantes a
Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que de acuerdo al Artículo 130 de la Ley 5688, entre los requisitos para ser miembro
de la Policía de la Ciudad el inciso 7 especifica se deben aprobar los programas y
requisitos de formación y capacitación que establezca el Instituto Superior de
Seguridad Pública;
Que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad, denominados cadetes, para
egresar deben cursar y aprobar el curso de formación inicial que dicta el Instituto
Superior de Seguridad Pública, que es quien determina entre otras cuestiones, el
contenido del diseño curricular, el régimen de asistencia y de evaluación, el régimen
de prácticas profesionalizantes, las actividades extracurriculares y de extensión y
demás aspectos que hacen a la formación de los futuros Oficiales, conforme lo
normado por los Artículos 153, 154, 384 y 385 de la Ley 5688;
Que en esa inteligencia por el artículo 1 de la Resolución N° 121/ISSP/2019 se
estableció como “Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la
Ciudad” a la “Tecnicatura Superior en Seguridad Pública Oficial de Policía” aprobada
por la Resolución N° 63/SSPECT/19, con su programa y contenidos, quedando
habilitada la Secretaria Académica por el artículo 2 a disponer la complementación de
la Tecnicatura con las prácticas profesionalizantes, visitas, seminarios, talleres,
conferencias y demás actividades que considere necesarias;
Que en el desarrollo del Curso de Formación Inicial se trabaja, entre otras cuestiones,
para potenciar las habilidades de conducción del futuro oficial en el manejo de
motocicletas policiales brindando herramientas que permitan su optimo desempeño en
las futuras tareas operativas propias de la función Policial que llevan a cabo;
Que en tal sentido la Resolución Nº 212/ISSP/2021, en su Artículo 2 aprobó el “Curso
de Motociclista Policial” destinado, entre otros, a Cadetes que se encuentren
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6365 - 27/04/2022

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