Disposición N° 69/HMOMC/21

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 3 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 69/HMOMC/21
Buenos Aires, 26 de abril de 2021
VISTO: La Ley Nº 2095 (Textos Consolidados por Ley N° 6.347), los Decretos Nº 168-
GCABA/19, N°207-GCABA/19, la Disposición Nº 1073-GCABA/19, el Expediente
Electrónico Nº12433112/GCABA/HMOMC/2021, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley mencionada en el Visto se establecen las normas básicas que
contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de
bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los
mismos;
Que por Resolución N° 2481/MEFGC/18 se aprobaron las Políticas, Términos y
Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones,
denominado Buenos Aires Compras (BAC);
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones por Disposición N°DI-2019-
150-GCABA-DGCYC aprobó el Procedimiento para la Administración de Perfiles y de
Usuarios BAC y la matriz de asignación de Perfiles de Usuarios en el Ambiente
Comprador;
Que por Disposición Nº DI-2019-1073-GCABA-DGCyC la Dirección General de
Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades
otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N°
6.347) aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que por la citada actuación tramita la adquisición de Endoprótesis de Fémur y Tibia
Proximal en concepto de Ayuda Médica, para el paciente GALLARDO ALBERTO
ROGELIO, por un monto estimado de Pesos: QUINIENTOS VEINTE MIL CON
00/100($ 520.000,00);
Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos
necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al presente Ejercicio
y bajo el Sistema de Registro de Compromisos Ejercicio Futuros;
Que dado que se trata de Ayudas Médicas y atento la necesidad de prestar asistencia
médica a quienes requieren prestaciones especiales en un corto plazo, y dado que los
mismos no se encuentran en las adquisiciones que realiza el Nivel Central, por lo que
corresponde su gestión bajo la modalidad prevista en el artículo 31 de la Ley 2.095
(Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 168-GCABA/19 y
su Modificatorio Nº 207/19;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2095 (Texto Consolidado
por Ley Nº6.347), y su Decreto Reglamentario Nº168-GCABA/19 y su Modificatorio Nº
207/19;
EL DIRECTOR
DEL HOSPITAL DE ONCOLOGIA “MARIA CURIE”
EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
DISPONE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6115 - 03/05/2021

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